DECRETO 4301 DE 2006
(noviembre 30)
por el cual se crea la Notaría Cuarta en el Círculo de Notaría de Tunja en el departamento de Boyacá.
El Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de las atribuciones conferidas por el artículo 131 de la Constitución Política, y
CONSIDERANDO QUE:
El incremento del desarrollo económico en la ciudad de Tunja se ha manifestado en una dinámica empresarial que muestra en el año 2002 cómo esta capital absorbe el 72.5% del capital invertido de los establecimientos mercantiles del departamento de Boyacá.
Al Círculo actual de Notaría de Tunja le están adscritos 12 municipios.
El desarrollo urbano de la ciudad ha tenido un desarrollo significativo hacia el sector nor- oriental en vivienda y en establecimientos de comercio.
Por ello la Oficina Asesora de Planeación de la Superintendencia de Notariado y Registro ha realizado, en ejercicio de sus funciones, un estudio técnico administrativo que muestra la conveniencia de crear una notaría más en la ciudad de Tunja, capital del departamento de Boyacá.
Con fundamento en el estudio técnico administrativo aquí descrito, la señora Superintendente de Notariado y Registro propone al Gobierno Nacional la creación de la Notaría Cuarta en el Círculo de Notaría de Tunja en el departamento de Boyacá.
DECRETA:
Artículo 1°. Créase en el Círculo de Notaría de Tunja, Boyacá, la Notaría Cuarta, de primera categoría.
Artículo 2°. El presente decreto rige a partir de la fecha de su publicación.
Publíquese y cúmplase,
Dado en Bogotá, D. C., a 30 de noviembre de 2006.
ÁLVARO URIBE VÉLEZ
El Ministro del Interior y de Justicia,
Carlos Holguín Sardi.