DECRETO 410 DE 2006

Decretos 2006

DECRETO 410 DE 2006    

(febrero  8)    

por el  cual se prorroga la vigencia del Programa de Enajenación aprobado por el  Gobierno Nacional mediante el Decreto 1404 de 2005.    

El  Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de sus facultades  constitucionales y legales y en cumplimiento del artículo 60 de la Constitución Política y de  la Ley 226 de 1995, y    

CONSIDERANDO:    

Que el  Gobierno Nacional, mediante el Decreto 1404 de 2005,  aprobó el Programa de enajenación de la participación estatal representada en  los activos, derechos y contratos de la Empresa Colombiana de Gas, Ecogás,  relacionados con el transporte de gas natural, su operación y explotación,  mediante la constitución por suscripción sucesiva de acciones de la sociedad  Transportadora de Gas del Interior S.A. E.S.P., TGI S.A. E.S.P.;    

Que el  artículo 16 de la mencionada norma prevé la vigencia del Programa de  Enajenación hasta el 30 de junio de 2006;    

Que la  misma disposición faculta al Gobierno Nacional para prorrogar la vigencia de  dicho programa por un período máximo de un (1) año, contado a partir del 30 de  junio de 2006;    

Que  conforme a lo previsto en el artículo 1.2.1.4 de la Resolución 400 de 1995 de  la Superintendencia de Valores, hoy Superintendencia Financiera, y en el  artículo 49 de la Ley 222 de 1995  corresponde a dicha Entidad autorizar la oferta que se realice para participar  como accionista en una sociedad a constituirse por suscripción sucesiva;    

Que el  26 de diciembre de 2005 la Financiera Energética Nacional, FEN, en su calidad  de Promotor de la constitución por suscripción sucesiva de la Sociedad  Transportadora de Gas del Interior TGI S.A. E.S.P., radicó ante la  Superintendencia Financiera el Programa de Fundación de dicha Sociedad para  efectos de obtener la correspondiente autorización de oferta pública, sin la  cual no es legalmente viable abrir el proceso, en primera instancia al sector  solidario y, posteriormente, de ser el caso, al público en general;    

Que  ajustado el cronograma del proceso se ha evidenciado que antes del 30 de junio  de 2006 no se ejecutaría totalmente el Programa de enajenación de la  participación estatal en la Empresa Colombiana de Gas, Ecogás;    

Que en  consecuencia se hace necesario prorrogar la vigencia de dicho programa de  enajenación,    

DECRETA:    

Artículo  1º. Prorróga se hasta el 30 de junio de 2007 la vigencia del Programa de  enajenación de la participación estatal representada en los activos, derechos y  contratos de la Empresa Colombiana de Gas, Ecogás, relacionados con el  transporte de gas natural, su operación y explotación, mediante la constitución  por suscripción sucesiva de acciones de la Sociedad Transportadora de Gas del  Interior S. A. E.S.P., TGI S. A. E.S.P., aprobado por el Gobierno Nacional  mediante el Decreto 1404 de 2005.    

Artículo  2º. El presente decreto rige a partir de la fecha de su publicación en el Diario  Oficial.    

Publíquese  y cúmplase.    

Dado en  Bogotá, D. C., a 8 de febrero de 2006.    

ÁLVARO  URIBE VÉLEZ    

El  Ministro de Hacienda y Crédito Público,    

Alberto  Carrasquilla Barrera.    

El  Ministro de Minas y Energía,    

Luis  Ernesto Mejía Castro.    

               

Deja un comentario

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *