DECRETO 4083 DE 2006
(noviembre 20)
Por el cual se autoriza la compensación de requisitos para el ejercicio de un empleo en el Departamento Administrativo de Seguridad.
El Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de las facultades constitucionales y legales en especial las que le confiere el artículo 11 del Decreto número 770 de 2005, y
CONSIDERANDO:
Que el artículo 11 del Decreto número 770 de 2005 estableces que, “… Para la provisión de empleos de libre nombramiento y remoción, en casos excepcionales, el Presidente de la República podrá autorizar la compensación de los requisitos señalados en este decreto, por experiencia sobresaliente en el desempeño de una disciplina, ocupación, arte u oficio, previa recomendación que formule una comisón evaluadora de los méritos del candidato, integrada por el Director del Departamento Administrativo de la Función Pública, quien la Presidirá, el Rector de la Universidad Nacional y el Director de Colciencias…”;
Que en reunión celebrada el 24 de octubre de 2006, según consta en Acta número 52 de la misma fecha, la Comisión Evaluadora de Méritos atendió la solicitud y justificación para la compensación de requisitos del señor Hugo Daney Ortiz García, presentada por el Director del Departamento Administrativo de Seguridad, considerando pertinente recomendar al señor Presidente de la República la compensación de requisitos para el empleo de Director Seccional 108-22 de la planta global del Departamento Administrativo de Seguridad;
Que mediante comunicación de 3 de noviembre de 2006, el Director del Departamento Administrativo de Seguridad tramitó ante el Presidente de la República l a autorización para compensar los requisitos del señor Hugo Daney Ortiz García para ejercer el empleo de libre nombramiento y remoción denominado Director Seccional 108-22,
DECRETA:
Artículo 1°. Autorízase la compensación excepcional de los requisitos establecidos en el Decreto 140 de 2001, por la experiencia sobresaliente adquirida a través del desempeño de diferentes cargos al señor Hugo Daney Ortiz García, identificado con la cédula de ciudadanía número 18837307 de Calarcá, para desempeñar el cargo de Director Seccional 108-22, de la planta de personal del Departamento Administrativo de Seguridad, DAS.
Artículo 2°. La presente autorización podrá ser utilizada única y exclusivamente para el personal y el empleo señalado.
Artículo 3°. El presente decreto rige a partir de la fecha de su publicación,
Publíquese y cúmplase.
Dado en Bogotá, D. C., a 20 de noviembre de 2006.
ÁLVARO URIBE VÉLEZ
El Director del Departamento Administrativo de Seguridad,
Andrés Mauricio Peñate Giraldo.
El Director del Departamento Administrativo de la Función Pública,
Fernando Grillo Rubiano.