DECRETO 3921 DE 2005

Decretos 2005

DECRETO 3921 DE 2005    

(noviembre  2)    

por  el cual se crea la Notaría 7ª en el Círculo Notarial de Pereira.    

El  Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de las atribuciones  conferidas por el artículo 131 de la Constitución Política,    

CONSIDERANDO:    

Que  el incremento en los volúmenes de escrituración, el crecimiento de la  población, la asignación de nuevas funciones a las notarías y la necesidad de  mejorar la prestación del servicio notarial, hace indispensable la creación de  nuevas notarías que den respuesta a las actuales circunstancias de progreso  económico y social del país;    

Que  en reiteradas oportunidades la Superintendencia de Notariado y Registro ha  recibido solicitudes provenientes de la ciudadanía, en el sentido de ampliar la  cobertura notarial en la ciudad de Pereira;    

Que  Pereira cuenta con una población estimada de 521.568 habitantes, según  proyecciones del DANE para el año 2005, y el promedio de habitantes atendidos  por cada notaría ascienda a 86.947, debiendo la población acudir al centro de  la ciudad para solicitar los servicios;    

Que  Pereira cuenta en la actualidad con seis notarías, de las cuales cinco se encuentran  ubicadas en el centro de la ciudad y la sexta en la Comuna Universitaria, lo  cual origina concentración en la prestación del servicio notarial;    

Que  como verdadera preocupación del Gobierno Nacional, este debe propender por la  búsqueda de soluciones a las necesidades más sentidas de la población  colombiana;    

Que  el Gobierno Nacional es consciente de la necesidad de facilitar el acceso al  Servicio Público Notarial a quien lo demande, y de brindar mayor comodidad a  los usuarios en todas las regiones del territorio nacional;    

Que  el estudio técnico-administrativo elaborado por la Superintendencia de  Notariado y Registro demuestra la factibilidad, para atender de manera  favorable la creación de otra notaría en la ciudad de Pereira;    

Que  el señor Superintendente de Notariado y Registro, previo el respectivo estudio  técnico-administrativo, de conformidad con el contenido del numeral 9.15 del  artículo 9° del Decreto 302 de 2004,  solicitó al Gobierno Nacional la creación de la Notaría 7ª del Círculo Notarial  de Pereira;    

El  inciso 3° del artículo 131 de Constitución Política establece que “Corresponde  al Gobierno la creación, supresión y fusión de los círculos de notariado y  registro y la determinación del número de notarías y oficinas de registro;    

Por  lo expuesto,    

DECRETA:    

Artículo  1°. Créase en el Círculo Notarial de Pereira, la Notaría 7ª.    

Artículo  2°. De conformidad con lo dispuesto en el artículo 157 del Decreto 960 de 1970,  modificado por el artículo 44 del Decreto 2163 de 1970  inc. 2° “La Superintendencia de Notariado y Registro determinará la  localización de las Notarías en los Círculos de primera y segunda categoría de  modo que los usuarios del mismo les sea posible utilizarlo en la forma más  fácil y conveniente de acuerdo con la extensión y características especiales de  cada ciudad”. Por lo tanto el Superintendente mediante resolución determinará  la sede específica para el funcionamiento de la creada Notaría 7ª.    

Artículo  3°. La Superintendencia de Notariado y Registro verificará que el local en  donde funcione la notaría reúna las condiciones exigidas para la buena  prestación del servicio conforme a lo establecido en el estatuto notarial.    

Artículo  4°. El presente decreto rige a partir de la fecha de su publicación.    

Publíquese  y cúmplase.    

Dado  en Bogotá, D. C., a 2 de noviembre de 2005.    

ÁLVARO  URIBE VÉLEZ    

El  Ministro del Interior y de Justicia,    

Sabas  Pretelt de la Vega.    

               

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