DECRETO 3891 DE 2005
(noviembre 1°)
por el cual se nombran unos Miembros en la Junta Directiva de la Cámara de Comercio del Amazonas.
El Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de las facultades constitucionales y legales, en especial de las conferidas por el artículo 80 del Decreto ley 410 de 1971 y el Decreto 898 de 2002,
CONSIDERANDO:
Que de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 80 del Código de Comercio, el Gobierno Nacional estará representado en las Juntas Directivas de las Cámaras de Comercio hasta en una tercera parte de cada Junta;
Que el artículo 12 del Decreto 898 del 2002, establece que las Juntas Directivas de las Cámaras de Comercio se integrarán teniendo en cuenta el número de comerciantes con matrícula vigente al 31 de diciembre del año inmediatamente anterior al que se realice la elección, de la siguiente manera:
1. Las Cámaras de Comercio que tengan hasta 15.000 comerciantes, seis (6) miembros principales y seis (6)suplentes personales.
2. Las Cámaras de Comercio con más de 15.000 y hasta 30.000 comerciantes, nueve (9) miembros principales y nueve (9)miembros suplentes personales.
3. Las Cámaras de Comercio con más de 30.000 comerciantes, doce (12) miembros principales y doce (12) miembros suplentes personales;
Que de conformidad con las normas citadas y según cuadro suministrado por la Superintendencia de Industria y Comercio, la Representación del Gobierno Nacional en la Junta Directiva de la Cámara de Comercio de Amazonas, corresponde a un total de dos (2) miembros principales y dos (2) miembros suplentes,
DECRETA:
Artículo 1°. Nómbrase al doctor Johnny Enrique Pineda Arrieta, identificado con la cédula de ciudadanía número 9071049 de Cartagena (Bolívar), como Miembro Principal en representación del Gobierno Nacional en la Junta Directiva de la Cámara de Comercio de Amazonas y como su Suplente a la doctora Gladys Castillo de Ayala, identificada con la cédula de ciudadanía número 40176736.
Artículo 2°. Nómbrase al doctor Diego Rodrigo Quintero Hernández, identificado con la cédula de ciudadanía número 19213246 de Bogotá, como Miembro Suplente en Representación del Gobierno Nacional en la Junta Directiva de la Cámara de Comercio de Amazonas.
Artículo 3°. Los nuevos directivos deberán posesionarse ante la Junta Directiva de la respectiva Cámara de Comercio.
Artículo 4°. El presente decreto rige a partir de la fecha de su publicación.
Comuníquese, publíquese y cúmplase.
Dado en Bogotá, D. C., a 1° de noviembre de 2005.
ÁLVARO URIBE VÉLEZ
El Viceministro de Comercio Exterior encargado de las funciones del Despacho del Ministro de Comercio, Industria y Turismo,
Eduardo Muñoz Gómez.