DECRETO 383 DE 2006

Decretos 2006

DECRETO 383 DE 2006    

(febrero 8)    

por el cual se fija el valor del punto para el personal  Técnico-Científico del Instituto Geográfico Agustín Codazzi, y se dictan otras  disposiciones en materia salarial.    

Nota: Derogado por el Decreto 612 de 2007,  artículo 3º.    

El Presidente de la República  de Colombia, en desarrollo de las normas generales señaladas en la Ley 4a de 1992,    

DECRETA:    

Artículo 1°.A partir del l° de  enero de 2006, el valor del punto para el personal Técnico-Científico del  Instituto Geográfico Agustín Codazzi, será de siete mil doscientos cincuenta  pesos ($7.250)m/cte.    

Artículo 2°.En ningún caso y  por ningún concepto la remuneración total de los empleados a quienes se les  aplica el presente decreto, podrá exceder a la que corresponda a los Ministros  del Despacho por concepto de asignación básica, gastos de representación y  prima de dirección.    

Artículo 3°.Ninguna autoridad  podrá establecer o modificar el régimen salarial o prestacional estatuido por  las normas del presente decreto, en concordancia con lo establecido en el  artículo 10 de la Ley 4a de 1992.  Cualquier disposición en contrario carecerá de todo efecto y no creará derechos  adquiridos.    

Nadie podrá desempeñar  simultáneamente más de un empleo público, ni recibir más de una asignación que  provenga del Tesoro Público, de empresas o de instituciones en las que tenga  parte mayoritaria el Estado. Exceptúanse las asignaciones de que trata el  artículo 19 de la Ley 4a de 1992.    

Artículo 4°. El presente decreto  rige a partir de la fecha de su publicación, deroga el Decreto 925 de 2005  y surte efectos fiscales a partir del 1° de enero de 2006.    

Publíquese y cúmplase.    

Dado en Bogotá, D. C., a 8 de  febrero de 2006.    

ÁLVARO URIBE VÉLEZ    

El Ministro de Hacienda y  Crédito Público,    

Alberto  Carrasquilla Barrera.    

El Director del Departamento  Administrativo de la Función Pública,    

Fernando  Grillo Rubiano.    

               

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