DECRETO 3746 DE 2005
(octubre 21)
por medio del cual se designa un Superintendente de Sociedades ad hoc
El Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de sus atribuciones constitucionales y legales, en especial las conferidas por el numeral 13 del artículo 189 de la Constitución Política y el artículo 30 del Decreto 01 de 1984, y
CONSIDERANDO:
Que el doctor Rodolfo Danies Lacouture, Superintendente de Sociedades, mediante resolución 100-002998 de fecha agosto 25 de 2005, se declaró impedido para conocer de cualquier asunto relacionado con la Sociedad Lácteos del Campo S. A. y su controlante Cooperativa de Productores de Leche de la Costa Atlántica Ltda.;
Que el señor Ministro de Comercio, Industria y Turismo estudió la manifestación de impedimento formulada por el doctor Rodolfo Danies Lacouture, Superintendente de Sociedades, y como consecuencia de la aplicación del artículo 30 del Decreto 01 de 1984 expidió la Resolución número 2085 de fecha septiembre 20 de 2005, por medio de la cual declara fundado el impedimento y ordena el envío de los documentos a la Secretaría Jurídica de la Presidencia de la República para la designación del funcionario ad hoc;
Que se hace necesario designar un Superintendente de Sociedades ad-hoc, en razón a que, conforme a lo previsto por el literal a) del artículo primero del Decreto 3100 de 1997, a la Superintendencia de Sociedades le corresponde ejercer la vigilancia de la Sociedad Lácteos del Campo S. A.
DECRETA:
Artículo 1°. Designar como Superintendente de Sociedades ad hoc al doctor Jairo Rubio Escobar, Superintendente de Industria y Comercio, para conocer de cualquier asunto relacionado con la Sociedad Lácteos del Campo S. A. y su controlante Cooperativa de Productores de Leche de la Costa Atlántica Ltda.
Artículo 2°. El presente Decreto rige a partir de la fecha de su expedición.
Comuníquese, publíquese y cúmplase.
Dado en Bogotá, D. C., a 21 de octubre de 2005.
ÁLVARO URIBE VÉLEZ.
El Ministro de Comercio, Industria y Turismo,
Jorge H. Botero.