DECRETO 3617 DE 2005
(octubre 10)
por el cual se suprimen cargos vacantes de la planta de personal de Cajanal S. A., EPS en Liquidación.
El Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de las facultades constitucionales y legales, en especial las que le confieren el numeral 14 del artículo 189 de la Constitución Política y el artículo 115 de la Ley 489 de 1998, y
CONSIDERANDO:
Que el artículo 18 de la Ley 790 de 2002 y el Decreto 190 de 2003 disponen que los cargos que quedaren vacantes, como consecuencia de la jubilación o pensión de vejez de los servidores públicos que los desempeñaren, deberán ser suprimidos;
Que el Gobierno Nacional expidió el Decreto 4409 del 30 de Diciembre de 2004 en virtud del cual se dispuso la disolución y liquidación de Cajanal S. A. EPS;
Que Cajanal S. A. EPS en liquidación, presentó al Departamento Administrativo de la Función Pública, la justificación técnica de que trata el artículo 46 de la Ley 909 de 2004, obteniendo el concepto favorable de ese Departamento;
Que Cajanal S. A. EPS en liquidación, para efectos de modificar su planta de personal, cuenta con concepto de la Dirección General del Presupuesto Público Nacional del Ministerio de Hacienda y Crédito Público,
DECRETA:
Artículo 1°. Suprímense de la planta de personal de Cajanal S. A. EPS en liquidación dos (2) cargos de trabajadores oficiales.
Articulo 2°. El presente decreto rige a partir de la fecha de su publicación y modifica en lo pertinente el Decreto 062 de 2004 y demás disposiciones que le sean contrarias.
Publíquese y cúmplase.
Dado en Bogotá, D. C., a 10 de octubre de 2005.
ÁLVARO URIBE VÉLEZ
El Ministro de Hacienda y Crédito Público,
Alberto Carrasquilla Barrera.
El Ministro de la Protección Social,
Diego Palacio Betancourt.
El Director del Departamento Administrativo de la Función Pública,
Fernando Grillo Rubiano.