DECRETO 3459 DE 2006

Decretos 2006

DECRETO 3459 DE 2006    

(octubre 3)    

por el cual se crea la Notaría 11 del Círculo de Bucaramanga  (Santander) y se efectúa un nombramiento en interinidad.    

El  Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de sus atribuciones  conferidas por el artículo 131 de la Constitución Política,    

CONSIDERANDO:    

Que  el incremento en los volúmenes de escrituración, el crecimiento de la  población, la asignación de nuevas funciones a las notarías y la necesidad de  mejorar la prestación del servicio notarial hacen indispensable la creación de  nuevas Notarías que den respuesta a las actuales circunstancias de progreso  económico y social de la ciudad de Bucaramanga;    

Que  como verdadera preocupación del Gobierno Nacional, este debe propender por la  búsqueda de soluciones a las necesidades más sentidas de la población  colombiana;    

Que  el Gobierno Nacional es consciente de la necesidad de facilitar el acceso al  servicio público notarial a quien lo demande, y de brindar mayor comodidad a  los usuarios en todas las regiones del territorio Nacional;    

Que  para la eficaz prestación del servicio notarial, es necesario atender a la  organización territorial administrativa de la ciudad de Bucaramanga para  atender los crecientes requerimientos de la comunidad en materia de servicios  notariales;    

Que  el señor Superintendente de Notariado y Registro, previo el respectivo estudio  técnico- administrativo, y de conformidad con el contenido del numeral 9.15 del  artículo 9° del Decreto 302 de 2004,  solicitó al Gobierno Nacional la creación de la Notaría 11 del Círculo de  Bucaramanga (Santander);    

Que  el inciso 3° del artículo 131 de la Constitución Política  establece que “Corresponde al Gobierno la creación, supresión y fusión de los  círculos de notariado y registro y la determinación del número de notarías y  oficinas de registro de instrumentos públicos y la creación o la modificación  de los respectivos círculos”;    

Que  el artículo 5° del Decreto 2163 de 1970  establece que los Notarios de Primera Categoría serán designados por el  Gobierno Nacional;    

Que  con fundamento en la Certificación expedida por el Superintendente de Notariado  y Registro, la doctora Luz Yaneth Rojas Portilla, identificada con la cédula de  ciudadanía 63300806 de Bucaramanga (Santander), no se encuentra en  circunstancias que impidan el ejercicio de la función notarial y reúne los  requisitos exigidos en el artículo 153 del Decreto Ley 960 de  1970, para desempeñarse como Notario de Primera Categoría.    

Que  por lo anteriormente expuesto,    

DECRETA:    

Artículo  1°. Créase la Notaría Once del Círculo de Bucaramanga (Santander).    

Artículo  2°. Nómbrase en interinidad a la doctora Luz Yaneth Rojas Portilla,  identificada con la cédula de ciudadanía 63300806 de Bucaramanga (Santander)  como Notario Once del Círculo de Bucaramanga Santander.    

Artículo  3°. Que la Notaría Once del Círculo de Bucaramanga estará ubicada en la ciudad  de Bucaramanga.    

Publíquese,  comuníquese y cúmplase.    

Dado  en Bogotá, D. C., a 3 de octubre de 2006.    

ÁLVARO URIBE VÉLEZ    

El  Ministro del Interior y de Justicia,    

Carlos Holguín Sardi.    

               

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