DECRETO 341 DE 2005

Decretos 2005

DECRETO 341 DE 2005    

(febrero  14)    

por  medio del cual se modifican los artículos 1° y 4° del Decreto 066 de 2003.    

El  Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de sus facultades  constitucionales y legales, y en especial de las conferidas por el numeral 11  del artículo 189 de la Constitución Política,  el artículo 96 de la Ley 795 de 2003 y el  artículo 65 de la Ley 921 de 2004,    

DECRETA:    

Artículo  1°. Modifícase el numeral 5 del artículo 1° del Decreto 066 de 2003,  el cual quedará así:    

“5.  Límite de la cobertura. Serán los primeros cuarenta mil (40.000)  créditos que se desembolsen entre el 1° de septiembre de 2002 y el 31 de  diciembre de 2005 y que de acuerdo con el presente decreto sean Créditos  Elegibles”.    

Artículo  2º. Modifícase el numeral 1 del artículo 4° del Decreto 066 de 2003,  el cual quedará así:    

“1.  Fecha de desembolso. Los créditos deberán haberse desembolsado entre el  1° de septiembre de 2002 y el 31 de diciembre de 2005”.    

Artículo  3°. Vigencia y derogatorias. El presente decreto rige a partir de su  publicación y deroga las disposiciones que le sean contrarias.    

Publíquese  y cúmplase.    

Dado en  Bogotá, D. C., a 14 de febrero de 2005.    

ÁLVARO  URIBE VÉLEZ    

El  Ministro de Hacienda y Crédito Público,    

Alberto  Carrasquilla Barrera.    

La  Ministra de Ambiente, Vivienda y Desarrollo Territorial,    

Sandra  Suárez Pérez.    

               

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