DECRETO 3381 DE 2006
(septiembre 29)
por el cual se da cumplimiento a una decisión de la Procuraduría General de la Nación.
El Presidente de la Repúb lica de Colombia, en ejercicio de las facultades Constitucionales y legales, en especial las conferidas por el artículo 304 de la Constitución Política, en concordancia con el artículo 157 de la Ley 734 de 2002, y
CONSIDERANDO:
Que el Procurador Delegado Primero para la Vigilancia Administrativa, mediante providencia del 23 de agosto de 2006 proferida dentro del expediente disciplinario número 13-124429- 2005, ordenó la suspensión provisional del doctor Juan Carlos Claros Pinzón, identificado con la cédula de ciudadanía número 17635303 de Florencia, del cargo de Gobernador del departamento del Caquetá por el término de 3 meses;
Que mediante oficio número 2050 del 24 de agosto de 2006, se comunicó dicha decisión al señor Presidente de la República para lo de su competencia y fines pertinentes;
Que en virtud de esa decisión de la Procuraduría General de la Nación, el Gobierno Nacional expidió el Decreto número 3025 del 7 de septiembre de 2006, por medio del cual suspendió por el término de tres meses en el ejercicio del cargo al Gobernador titular del Departamento del Caquetá y designó al doctor Félix Héctor Vanegas Salas, como Gobernador encargado;
Que mediante oficio número 2358 del 26 de septiembre de 2006 dirigido al señor Presidente de la República, el Procurador Primero Delegado para la Vigilancia Administrativa envió el auto de la misma fecha, en el cual se dispuso revocar la suspensión provisional del Gobernador del Caquetá, doctor Juan Carlos Claros Pinzón, con base en la acción de tutela 110011102000200602708 01 187 de la Sala Jurisdiccional Disciplinaria del Consejo Superior de la Judicatura, la cual dejó sin efecto el numeral 2 de la parte resolutiva de la sentencia penal, proferida el 26 de abril de 2006 por la Sala Penal de la Corte Suprema de Justicia, que había condenado a Juan Carlos Claros Pinzón a la pena principal de prisión de seis meses e interdicción de derechos y funciones públicas por el mismo término;
Que en el auto citado igualmente se resuelve comunicar dicha decisión al Presidente de la República para que reintegre al doctor Juan Carlos Claros Pinzón al cargo de Gobernador del Caquetá.
DECRETA:
Artículo 1°. En cumplimiento a lo dispuesto por la Procuraduría General de la Nación – Delegada Primera Vigilancia Administrativa, el día 26 de septiembre de 2006, en el proceso con radicado 13 – 124429 – 2004, reintégrese al doctor Juan Carlos Claros Pinzón al cargo de Gobernador del Caquetá.
Artículo 2°. El presente decreto rige a partir de la fecha de su expedición.
Comuníquese, publíquese y cúmplase.
Dado en Bogotá, D. C., a 29 de septiembre de 2006.
ÁLVARO URIBE VÉLEZ
El Ministro del Interior y de Justicia,
Carlos Holguín Sardi.