DECRETO 3358 DE 2006

Decretos 2006

DECRETO 3358 DE 2006    

(septiembre 27)    

por el cual se adiciona el Presupuesto General de la Nación para la  vigencia fiscal de 2006.    

El  Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de las facultades  constitucionales y legales, en especial la que le confiere el artículo 33 del  Estatuto Orgánico del Presupuesto, y    

CONSIDERANDO:    

Que  el Congreso de la República en virtud del artículo 349 de la Constitución Política  expidió la Ley 998 de 2005, en la  cual se decreta el Presupuesto General de la Nación para la vigencia fiscal de  2006, el cual se liquidó por medio del Decreto 4731 de 2005;    

Que  el artículo 352 de la Constitución Política le  otorga a la Ley Orgánica del Presupuesto la facultad de regular lo concerniente  a la programación, aprobación, modificación y ejecución del Presupuesto General  de la Nación;    

Que  el Banco Interamericano de Desarrollo, BID, consignó en Bancolombia a favor de  la Rama Judicial, recursos por valor de US$50.000, destinados para el pago de  compro misos adquiridos en 2004, constituidos como reserva presupuestal y no  ejecutados en 2005, en el Programa de Apoyo a la Coordinación entre la  Jurisdicción Especial Indígena y el Sistema Judicial Nacional, de carácter no  reembolsable, los cuales fueron monetizados a $2.631 por dólar, para un valor  total de $131.550.000.    

Que  de conformidad con el artículo 33 del Estatuto Orgánico del Presupuesto General  de la Nación, los recursos de asistencia y cooperación internacional de  carácter no reembolsables, hacen parte del Presupuesto de rentas del  Presupuesto General de la Nación y se incorporan al mismo como donaciones de  capital mediante decreto del Gobierno, previa certificación de su recaudo  expedido por el órgano receptor. Su ejecución se realizará de conformidad con  lo estipulado en los convenios o acuerdos internacionales que los originen y  estarán sometidos a la vigilancia de la Contraloría General de la República;    

Que  mediante oficios DIFP-SPSC-13-0115-2006 y DIF-SPSC-13-0288-2006 del 24 de marzo  y 12 de septiembre de 2006, respectivamente, el Departamento Nacional de  Planeación, emitió concepto favorable sobre la adición de $131.550.000 al  presupuesto de gastos de inversión de la Rama Judicial;    

Que  por lo anterior, es necesario adicionar el Presupuesto General de la Nación del  año 2006;    

DECRETA:    

Artículo  1°. Presupuesto de Rentas y Recursos de Capital. Efectúase la  siguiente adición en el Presupuesto General de la Nación para la vigencia  fiscal de 2006, en la suma de ciento treinta y un millones quinientos cincuenta  mil pesos ($131.550.000.00), según el siguiente detalle:    

RENTAS DEL  PRESUPUESTO GENERAL DE LA NACION    

I. INGRESOS DEL  PRESUPUESTO NACIONAL                       131.550.000.00    

2. RECURSOS DE  CAPITAL DE LA NACION                          131.550.000.00    

Artículo  2°. Presupuesto de gastos. Efectúase la siguiente adición al  Presupuesto General de la Nación para la vigencia fiscal del 1° de enero al 31  de diciembre de 2006, en la suma ciento treinta y un millones quinientos  cincuenta mil pesos ($131.550.000.00) según el siguiente detalle:    

ADICIONES  – PRESUPUESTO GENERAL DE LA NACION    

CONCEPTO   APORTE                    NACIONAL   RECURSOS PROPIOS TOTAL    

SECCION 2701 02    

CONSEJO SUPERIOR DE  LA JUDICATURA    

C. PRESUPUESTO DE INVERSION                                           131.550.000.00    

PROGRAMA:     0410   INVESTIGACIÓN BÁSICA  APLICADA Y ESTUDIOS 131.550.000.00    

SUBPROGRAMA:         0803                           ADMINISTRACIÓN  DE JUSTICIA       131.550.000.00    

TOTAL PRESUPUESTO SECCION                                       131.550.000.00    

Artículo  3°. Vigencia. El presente decreto rige a partir de la fecha de su  publicación.    

Publíquese  y cúmplase.    

Dado  en Bogotá, D. C., a 27 de septiembre de 2006.    

ÁLVARO URIBE VÉLEZ    

El  Ministro de Hacienda y Crédito Público,    

Alberto Carrasquilla  Barrera .    

               

Deja un comentario

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *