DECRETO 333 DE 2006
(febrero 6)
por el cual se adici ona el Decreto 2590 de 2003, modificado por los Decretos 973 y 4380 de 2004 y 2777 de 2005.
El Presidente de la República de Colombia, en uso de sus facultades constitucionales y legales, en especial las que le confieren el numeral 15 del artículo 189 de la Constitución Política y el artículo 52 de la Ley 489 de 1998,
DECRETA:
Artículo 1º. Adiciónase un parágrafo al artículo 18 del Decreto 2590 de 2003, el cual quedará así:
“Parágrafo 2º. El Instituto de Fomento Industrial, IFI, en Liquidación, de acuerdo con sus disponibilidades de tesorería y para los fines del proceso que adelanta, podrá readquirir parte de los activos de que trata el presente artículo a la Nación-Ministerio de Hacienda y Crédito Público”.
Artículo 2º. El presente decreto rige a partir de su publicación.
Publíquese y cúmplase.
Dado en Bogotá, D. C., a 6 de febrero de 2006.
ÁLVARO URIBE VÉLEZ
El Ministro de Hacienda y Crédito Público,
Alberto Carrasquilla Barrera.
El Ministro de Comercio, Industria y Turismo,
Jorge Humberto Botero.
El Director Departamento Administrativo de la Función Pública,
Fernando Antonio Grillo Rubiano.