DECRETO 3230 DE 2006
(septiembre 18)
por el cual se revoca el Decreto 1459 del 10 de mayo de 2005.
El Presidente de la República de Colombia, en uso de las facultades conferidas por los artículos 172 de la Ley 734 de 2002 y 69 del Código Contencioso Administrativo, y
CONSIDERANDO:
Que el Gobierno Nacional mediante Decreto 1459 del 10 de mayo de 2005 impuso al señor Luis Eduardo Correa Valbuena, identificado con la cédula de ciudadanía número 6756818 de Tunja, en su calidad de Gobernador (E.) del departamento del Casanare, la sanción de multa de quince (15) días del salario básico que devengaba para la época de los hechos, equivalente a un millón trescientos dieciséis mil ochocientos ochenta pesos ($1.316.880), en cumplimiento de lo dispuesto por el Procurador Delegado para la Economía y la Hacienda Pública, en fallo de primera instancia del 7 de julio de 2004, proferido dentro de la investigación disciplinaria número 028-57363/00, modificado por la Sala Disciplinaria de la Procuraduría General de la Nación, según providencia del 28 de octubre de 2004;
Que la Sala Disciplinaria de la Procuraduría General de la Nación, mediante providencia del 2 de marzo de 2006, aprobada por Acta de Sala número 14, resolvió la petición presentada por el señor Correa Valbuena de revocar directamente la sanción disciplinaria impuesta dentro del proceso N° 028- 57363/00, decidiendo terminar el proceso disciplinario en relación con el comportamiento atribuido al señor Luis Eduardo Correa Valbuena toda vez que la acción disciplinaria no se podía proseguir y en consecuencia ordenó el archivo de las diligencias en lo referente al disciplinado;
Que en cumplimiento de la anterior providencia, el señor Rodrigo García Castaño, Coordinador de la Unidad Administrativa para la Contratación Estatal, mediante escrito del 25 de junio de 2006, solicitó la revocatoria del acto administrativo por el cual se dio cumplimiento a la ejecución del fallo del 28 de octubre de 2004, proferido por la Sala Disciplinaria de la Procuraduría General de la Nación;
Que en virtud de lo expuesto, se hace necesario revocar el artículo segundo del Decreto 1459 del 10 de mayo de 2005,
DECRETA:
Artículo 1º. Revocar el artículo segundo del Decreto número 1459 del 10 de mayo de 2005, en cuanto impuso al señor Luis Eduardo Correa Valbuena, identificado con la cédula de ciudadanía número 6756818 de Tunja, en su calidad de Gobernador (E.) del Departamento del Casanare, la sanción de multa de 15 días de salario básico devengado para la época de los hechos dentro del expediente disciplinario N° 028-57363/2001.
Artículo 2º. El presente decreto rige a partir de la fecha de su expedición.
Comuníquese, publíquese y cúmplase.
Dado en Bogotá, D. C., a 18 de septiembre de 2006.
ÁLVARO URIBE VÉLEZ
El Ministro del Interior y de Justicia,
Carlos Holguín Sardi.