DECRETO 3187 DE 2005
(septiembre 9)
por el cual se autoriza la compensación de requisitos para el ejercicio de un empleo en el Departamento Administrativo de Seguridad.
El Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de las facultades constitucionales y legales en especial las que le confiere el artículo 11 del Decreto número 770 de 2005, y
CONSIDERANDO:
Que el artículo 11 del Decreto número 770 de 2005 faculta al Presidente de la República para autorizar la compensación de requisitos por experiencia sobresaliente en el desempeño de una disciplina, ocupación, arte u oficio, previa recomendación que formule una comisión evaluadora de los méritos del candidato, integrada por el Director del Departamento Administrativo de la Función Pública, quien lo preside, el Rector de la Universidad Nacional y el Director de Colciencias;
Que en reunión celebrada el 13 de julio de 2005 y según consta en Acta número 44, la Comisión Evaluadora de Méritos atendió la solicitud y justificación para la compensación de requisitos presentada por el Director del Departamento Administrativo de Seguridad, conceptuando que una vez revisada la hoja de vida del señor Humbert o Velásquez Ardila, considera pertinente recomendar al señor Presidente de la República la compensación de requisitos para el empleo de Subdirector de Antisecuestro;
Que mediante Comunicación número 121565 de fecha 5 de agosto de 2005, el Director del Departamento Administrativo de Seguridad tramitó ante el Presidente de la República la autorización para compensar los requisitos del señor Humberto Velásquez Ardila para ejercer el empleo de libre nombramiento y remoción de Subdirector de la Subdirección Antisecuestro,
DECRETA:
Artículo 1°. Autorízase la compensación excepcional de los requisitos establecidos en el Decreto 770 de 2005, por la experiencia sobresaliente adquirida a través del desempeño de diferentes cargos al señor Humberto Velásquez Ardila, identificado con la cédula de ciudadanía número 17336974 expedida en Villavicencio-Meta, para desempeñar el cargo de Subdirector asignado a la Subdirección Antisecuestro Código 118 Grado 23, de la planta de personal del Departamento Administrativo de Seguridad, DAS.
Artículo 2°. La presente autorización podrá ser utilizada única y exclusivamente para la persona y el empleo señalado.
Artículo 3°. El presente decreto rige a partir de la fecha de su publicación.
Publíquese y cúmplase.
Dado en Bogotá, D. C., a 9 de septiembre de 2005.
ÁLVARO URIBE VÉLEZ
El Director del Departamento Administrativo de Seguridad,
Jorge Aurelio Noguera Cotes.
El Director del Departamento Administrativo de la Función Pública,
Fernando Grillo Rubiano.