DECRETO 3175 DE 2005
(septiembre 9)
por el cual se modifica la planta de personal administrativo del Instituto de Educación Técnica Profesional de Roldanillo y se dictan otras disposiciones.
El Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de las facultades constitucionales y legales, en especial las que le confieren el numeral 14 del artículo 189 de la Constitución Política, los literales m) y n) del artículo 54 y el artículo 115 de la Ley 489 de 1998, y
CONSIDERANDO:
Que el Instituto de Educación Técnica Profesional de Roldanillo, presentó al Departamento Administrativo de la Función Pública el estudio técnico de que trata el artículo 46 de la Ley 909 de 2004, para efectos de modificar la Planta de Personal Administrativo del Instituto, el cual obtuvo concepto favorable de este Departamento Administrativo;
Que para los fines de este decreto, la Dirección General de Presupuesto Público Nacional del Ministerio de Hacienda y Crédito Público, otorgó certificado de viabilidad presupuestal;
Que el Consejo Directivo del Instituto de Educación Técnica Profesional de Roldaníllo, mediante Acta 003 del 19 de marzo de 2005, decidió someter a la aprobación del Gobierno Nacional la modificación de la planta de personal administrativo,
DECRETA:
Artículo 1°. Suprímense de la planta de personal administrativo del Instituto de Educación Técnica Profesional de Roldanillo, los siguientes cargos:
N° de cargos Dependencia y denominación del Cargo Código Grado
RECTORIA
1 (Uno) Rector de Institución Técnica Profesional 2155 12
PLANTA GLOBAL
1 (Uno) Secretario General de Institución Técnica
Profesional 2160 03
Artículo 2°. Las funciones propias del Instituto de Educación Técnica Profesional de Roldanillo, serán cumplidas por la planta de personal administrativo que se establece a continuación, así:
N° de cargos Dependencia y denominación del Cargo Código Grado
RECTORIA
1 (Uno) Rector de Institución Técnica Profesional 0151 05
1 (Uno) Secretario 5140 13
PLANTA GLOBAL
1 (Uno) Secretario General de Institución Técnica
Profesional 0161 01
2 (Dos) Profesional Universitario 3020 06
3 (Uno) Profesional Universitario 3020 05
1 (Uno) Profesional Universitario 3020 04
1 (Uno) Asistente Administrativo 4140 12
1 (Uno) Técnico Operativo 4080 09
1 (Uno) Técnico Administrativo 4065 07
1(Uno) Pagador 5045 18
1 (Uno) Auxiliar Administrativo 5120 11
1 (Uno) Auxiliar Administrativo 5120 05
1 (Uno) Auxiliar Administrativo 5120 02
1 (Uno) Ayudante 5325 03
3 (Tres) Secretario 5140 10
2 (Dos) Celador 5320 04
1 (Uno) Celador 5320 03
1 (Uno) Auxiliar de Servicios Generales 5335 05
1 (Uno) Auxiliar de Servicios Generales 5335 02
Artículo 3°. El Rector del Instituto de Educación Técnica Profesional de Roldanillo, mediante resolución, distribuirá los cargos de la planta global a que se refiere el artículo 2° del presente decreto y ubicará el personal teniendo en cuenta la estructura, las necesidades del servicio y los planes y programas de la entidad.
Artículo 4°. La incorporación de los empleados públicos a la planta de personal establecida en el artículo 2° del presente decreto, se efectuará dentro de los treinta (30) días siguientes a la fecha de su publicación, de conformidad con las normas vigentes sobre la materia.
Los servidores públicos continuarán percibiendo la remuneración mensual correspondiente a los empleos que desempeñan actualmente, hasta tanto se produzca la incorporación a la nueva planta de personal y tomen posesión del cargo.
Artículo 5°. Los cargos de carrera vacantes de la planta de personal a que se refiere el artículo 2° del presente decreto, se proveerán de conformidad con lo dispuesto en la Ley 909 de 2004 y demás disposiciones sobre la materia.
Artículo 6°. El presente decreto rige a partir de la fecha de su publicación y deroga los Decretos 252 de 1994 y 920 de 1997.
Publíquese y cúmplase.
Dado en Bogotá, D. C., a 9 de septiembre de 2005.
ÁLVARO URIBE VÉLEZ
El Ministro de Hacienda y Crédito Público,
Alberto Carrasquilla Barrera.
La Ministra de Educación Nacional,
Cecilia María Vélez White.
El Director del Departamento Administrativo de la Función Pública,
Fernando Grillo Rubiano.