DECRETO 3107 DE 2006

Decretos 2006

DECRETO 3107 DE 2006    

(septiembre 11)    

por medio del cual se  confiere una condecoración de la Orden de Boyacá, en forma póstuma.    

El Presidente  de la República de Colombia, en uso de sus facultades legales y en especial las  conferidas en los Decretos 2396 de 1954, 3273 de 1980, 2143 de 1986 y 1500 de 2001, y    

CONSIDERANDO:    

Que el  Gobierno Nacional ha instituido la Orden de Boyacá, legado del Libertador, con  el fin de honrar y enaltecer personas e instituciones nacionales y extranjeras,  que hayan sobresalido por sus servicios al país;    

Que el  ilustre ciudadano Pedro Castro Monsalvo, fallecido hace casi cuatro décadas,  durante su larga y fecunda existencia, se destacó como Gobernador del  departamento del Magdalena y Senador de la República;    

Que el  honorable señor Pedro Castro Monsalvo, se distinguió durante su vida  profesional por trabajar con gran interés y consagración en beneficio del  departamento del Magdalena en particular, y de Colombia en general, lo cual lo  hace merecedor de un reconocimiento por su dedicación y empeño que demostró  hasta sus últimos días en 1967;    

Que es deseo del Gobierno  Nacional honrar la memoria del ilustre desaparecido Pedro Castro Monsalvo y  exaltar su ejemplo y su vida,        

DECRETA:    

Artículo 1°.  Confiérese de manera póstuma, la Orden de Boyacá, en el Grado de Gran Oficial,  a don Pedro Castro Monsalvo.    

Artículo 2°.  La presente condecoración será entregada en ceremonia especial a los familiares  del ilustre señor Pedro Castro Monsalvo.    

Artículo 3°.  El presente decreto rige a partir de la fecha de su publicación.    

Comuníquese y  cúmplase.    

Dado en  Bogotá, D. C., a 11 de septiembre de 2006.    

ÁLVARO URIBE VÉLEZ    

La Ministra  de Relaciones Exteriores,        

María Consuelo Araújo  Castro.    

               

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