DECRETO 3086 DE 2005

Decretos 2005

DECRETO 3086 DE 2005    

(septiembre 6)    

por el cual se honra la memoria del doctor Ancízar López López.    

El Presidente de la República  de Colombia, en ejercicio de sus facultades, y    

CONSIDERANDO:    

Que ha fallecido el doctor  Ancízar López López;    

Que el doctor Ancízar López  López Representante a la Cámara y Presidente de la misma, Senador de la  República, Presidente del Congreso Nacional, Concejal de Armenia y presidente  de la misma Corporación, Embajador Plenipotenciario de Colombia ante las  Naciones Unidas;    

Que el doctor Ancízar López  López, es conocido como el «Padre del Quindío» cuya creación propició y del  cual fue el primer Gobernador y adicionalmente se desempeñó como Alcalde de  Armenia y concejal de varios municipios del departamento;    

Que el doctor Ancízar López  López amó profundamente a su tierra quindiana para cuyos habitantes promovió la  educación impulsando la creación de la Universidad del Quindío, así como el  establecimiento de colegios de bachillerato en todas las cabeceras municipales  del departamento y de 180 nuevas escuelas;    

Que el doctor Ancízar López  López con su calidez, y una inquebrantable fe en su gente dedicó buena parte de  su vida a prestar invaluables servicios al departamento del Quindío y buscó  siempre el bien común y el mejoramiento de la calidad de vida de sus habitantes  lo que lo llevó a impulsar obras de infraestructura en servicios públicos de  electrificación, acueducto, alcantarillado, aumento de la cobertura de atención  en salud en el departamento, la construcción de barrios para los más  desprotegidos, sin olvidar que esa fértil tierra debía ocuparse también de  proteger el medio ambiente para lo cual promovió las franjas de arborización  que preservaran las cuencas de los ríos;    

Que el doctor Ancízar López  López dejó como herencia a las generaciones presentes y futuras una visión del  mundo basada en el servicio, la responsabilidad social, y la búsqueda de los  medios para hacer de Colombia un mejor país;    

Que la entereza del carácter  del doctor Ancízar López López a cuya ausencia no nos resignamos y sus  calidades intelectuales y humanas dejaron una huella imborrable en el alma de  sus conocidos, sus amigos y su familia;    

Que la desaparición del doctor  Ancízar López López víctima inocente de la violencia, gran intelectual y  excelente ser humano priva a la patria de uno de sus mejores y más  comprometidos hijos;    

Que es deber del Gobierno  Nacional honrar la memoria de quienes han servido a Colombia construyendo  caminos transitados por la esperanza y creando horizontes sembrados de futuros  posibles como lo hizo el doctor Ancízar López López cuya memoria perm anecerá  en el alma de sus conciudadanos que hoy lamentan su deceso,    

DECRETA:    

Artículo 1°. El Gobierno  Nacional expresa su profundo pesar por la desaparición del doctor Ancízar López  López.    

Artículo 2°. Para que perdure  y sirva de ejemplo para las nuevas generaciones exáltase la memoria del doctor  Ancízar López López.    

Artículo 3°. Decrétase duelo  nacional por el término de dos días durante los cuales se izará el Pabellón  Nacional a media asta en todos los edificios públicos del país y las Embajadas  de Colombia en el exterior.    

Artículo 4°. El presente decreto  rige a partir de la fecha de su expedición.    

Publíquese, comuníquese y cúmplase.    

Dado en Bogotá, D. C., a 6 de  septiembre de 2005.    

ÁLVARO URIBE VÉLEZ    

El Ministro del Interior y de  Justicia,    

Sabas  Pretelt de la Vega.    

               

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