DECRETO 300 DE 2005
(febrero 11)
por el cual se modifica el Decreto número 225 de 2005.
El Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de las facultades que le confieren los artículos 138 y 200 numeral 2 de la Constitución Política,
CONSIDERANDO:
Que en el Congreso de la República cursan los Proyectos de ley acumulados 035, 083 y 086 de 2004 Cámara, por medio del cual se modifica la Ley 80 de 1993, Estatuto General de Contratación de la Administración Pública;
Que el Gobierno presentó al honorable Congreso de la República el Proyecto de ley 211 de 2005 Senado, por la cual se dictan disposiciones para la reincorporación de miembros de grupos armados organizados al margen de la ley, que contribuyan de manera efectiva a la consecución de la paz nacional;
Que se han radicado en el Congreso de la República los Proyectos de ley 180 de 2004 Senado, 207 de 2005 Senado, 208 de 2005 Senado, 209 de 2005 Senado, 210 de 2005 Senado, relacionados con los procesos de paz,
DECRETA:
Artículo 1°. Modifícanse los numerales 1, 2 y 3 del artículo 2° del Decreto 225 de 2005.
1. Considerar y aprobar las actas del honorable Senado de la República que no hayan sido aprobadas, en especial las siguientes:
Número del Acta Fecha
4 Agosto 10 de 2004
8 Septiembre 1° de 2004
9 Septiembre 7 de 2004
10 Septiembre 8 de 2004
13 Septiembre 28 de 2004
15 Octubre 19 de 2004
16 Octubre 20 de 2004
17 Octubre 26 de 2004
18 Noviembre 2 de 2004
19 Noviembre 9 de 2004
20 Noviembre 10 de 2004
21 Noviembre 16 de 2004
22 Noviembre 23 de 2004
23 Noviembre 24 de 2004
24 Noviembre 30 de 2004
25 Diciembre 1° de 2004
Número del Acta Fecha
26 Diciembre 6 de 2004
27 Diciembre 13 de 2004
28 Diciembre 14 de 2004
29 Diciembre 15 de 2004
30 Diciembre 16 de 2004
2. Considerar y aprobar las actas de la honorable Cámara de Representantes que no hayan sido aprobadas, en especial las siguientes:
Número del Acta Fecha
148 Noviembre 24 de 2004
149 Noviembre 30 de 2004
153 Diciembre 13 de 2004
154 Diciembre 14 de 2004
3. Considerar y aprobar las actas de las Comisiones Primeras Constitucionales de la honorable Cámara de Representantes y el honorable Senado de la República que no hayan sido aprobadas, en especial las siguientes:
Número del Acta Fecha
43 y 44 de la Comisión Primera de Cámara Junio 3 y 4 de 2004.
21 y 22 de la Comisión Primera de Cámara Octubre 19 y 20 de 2004.
23 y 24 de la Comisión Primera de Cámara Octubre 21 y 22 de 2004.
Artículo 2°. Modifícase el numeral 5.2 del artículo 2° del Decreto 225 de 2005 que quedará así:
5.2 Proyectos de ley acumulados 035, 083 y 086 de 2004 Cámara, por la cual se modifica la Ley 80 de 1993, Estatuto General de Contratación de la Administración Pública.
Artículo 2°. Modifícase el numeral 4.2 del artículo 2° del Decreto 225 de 2005 que quedará así:
4.2 Proyecto de ley 211 de 2005 Senado, por la cual se dictan disposiciones para la reincorporación de miembros de grupos armados organizados al margen de la ley, que contribuyan de manera efectiva a la consecución de la paz nacional, al cual se le podrán acumular los Proyectos de ley 180 de 2004 Senado, 207 de 2005 Senado, 208 de 2005 Senado, 209 de 2005 Senado y 210 DE 2005 Senado, y los proyectos de ley de iniciativa gubernamental o parlamentaria que sobre el mismo tema se hayan radicado o se radiquen en el Congreso de la República, siempre que constitucional y legalmente sea procedente.
Artículo 3°. El presente decreto rige a partir de la fecha de su publicación.
Publíquese y cúmplase.
Dado en Bogotá, D. C., a 11 de febrero de 2005.
ÁLVARO URIBE VÉLEZ
El Ministro del Interior y de Justicia,
Sabas Pretelt de la Vega.