DECRETO 295 DE 2005
(febrero 10)
por el cual se acepta una renuncia y se efectúa un encargo.
El Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de sus facultades constitucionales y legales, en especial las conferidas por los artículos 189 numeral 13 de la Constitución Política y 7° del Decreto 2156 de 1970, y
CONSIDERANDO:
Que mediante Oficio del 19 de noviembre de 2004, reiterado con escrito del 17 de diciembre del mismo año, la señora Ana Vela Lozada, identificada con la cédula de ciudadanía número 41478238 de Bogotá, presentó renuncia al cargo d e Registrador Principal Código 2015, Grado 27 de Instrumentos Públicos de Leticia, Amazonas;
Que de conformidad con lo señalado en el artículo 59 del Decreto 1250 de 1970, modificado por el artículo 7° del Decreto 2156 del mismo año, corresponde al Gobierno Nacional, la nominación de los Registradores Principales de Instrumentos Públicos, en consecuencia, igualmente le compete la aceptación de sus renuncias;
Que según certificación del 18 de enero de 2005, expedida por el Superintendente de Notariado y Registro (E.), la señora Luz Mila García Bocanegra, identificada con la cédula de ciudadanía número 41616690 expedida en Bogotá, a quien se encarga en el presente decreto como Registrador Principal de Instrumentos Públicos de Leticia, Amazonas, no se encuentra en circunstancias que impidan el ejercicio de la función registral y reúne los requisitos exigidos en el artículo 153 del Decreto ley 960 de 1970, para desempeñarse en el mencionado cargo,
DECRETA:
Artículo 1°. Aceptar la renuncia presentada por la señora Ana Vela Lozada, identificada con la cédula de ciudadanía número 41478238 de Bogotá, al cargo de Registrador Principal Código 2015, Grado 27 de Instrumentos Públicos de Leticia, Amazonas.
Artículo 2°. Encargar a la señora Luz Mila García Bocanegra, identificada con la cédula de ciudadanía número 41616690 expedida en Bogotá, Profesional Universitario Código 3020, Grado 13 de la planta global de personal de la Superintendencia de Notariado y Registro, como Registrador Principal Código 2015, Grado 27 de Instrumentos Públicos de Leticia, Amazonas.
Artículo 3°. El presente decreto rige a partir de la fecha de su expedición.
Publíquese, comuníquese y cúmplase.
Dado en Bogotá, D. C., a 10 de febrero de 2005.
ÁLVARO URIBE VÉLEZ
El Ministro del Interior y de Justicia,
Sabas Pretelt de la Vega.