DECRETO 2882 DE 2006
(agosto 29)
por el cual se autoriza una compensación de requisitos para el desempeño de un cargo.
El Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de la facultad que le confiere el artículo 32 del Decreto 2772 de 2005, y
CONSIDERANDO:
Que el artículo 32 del Decreto 2772 de 2005, dispone que en casos excepcionales el Presidente de la República podrá autorizar la compensación de los requisitos señalados para el desempeño de un cargo por experiencia sobresaliente en el ejercicio de una disciplina, ocupación, arte u oficio, previa recomendación que para el efecto le haga la Comisión Evaluadora de los Méritos;
Que atendiendo a la solicitud motiv ada que le formulara el Señor Ministro de Comercio, Industria y Turismo, la Comisión de que trata el considerando anterior, en reunión adelantada el 18 de agosto de 2006, tal como consta en el Acta número 50 de la misma fecha, recomendó al señor Presidente de la República autorizar la compensación de los requisitos establecidos en el Decreto 2772 de 2005, por la experiencia adquirida por el señor Oscar Rueda García, a través del desempeño de cargos, actividades y reconocimientos, considerando, además que cuenta con el perfil y experiencia sobresaliente para desempeñar el empleo de Viceministro de Turismo, código 0020, de la Planta de Personal del Ministerio de Comercio, Industria y Turismo,
DECRETA:
Artículo 1°. Autorízase la compensación de los requisitos establecidos en el parágrafo 1º del artículo 24 del Decreto 2772 de 2005, por la experiencia sobresaliente, para que el señor Oscar Rueda García, identificado con cédula de ciudadanía número 13833934 de Bucaramanga, pueda desempeñar el cargo de Viceministro de Turismo del Ministerio de Comercio, Industria y Turismo, código 0020.
Artículo 2°. El presente decreto rige a partir de la fecha de su expedición.
Publíquese y cúmplase.
Dado de Bogotá, D.C., a 29 de agosto de 2006.
ÁLVARO URIBE VÉLEZ
El Ministro de Comercio, Industria y Turismo,
Jorge H. Botero.