DECRETO 2876 DE 2005
(agosto 18)
por el cual se retira del servicio a un Notario y se efectúa un nombramiento en interinidad.
El Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de sus atribuciones constitucionales y legales, en especial las que le confiere el numeral 13 del artículo 189 de la Constitución Política, los artículos 181 y 182 del Decreto ley 960 de 1970, 5° del Decreto 2163 de 1970, 66 y 74 del Decreto 2148 de 1983 y 1° del Decreto 3047 de 1989, y
CONSIDERANDO:
Que el doctor Miguel Dancur Baldovino Notario Unico del Círculo de La Mesa, Cundinamarca, cumplió 65 años de edad el 30 de julio DE 2005, según se infiere de la copia del Registro Civil de Nacimiento que reposa en la Superintendencia de Notariado y Registro;
Que el Decreto 3047 de 1989, establece como edad de retiro forzoso para los Notarios, la de 65 años;
Que de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 182 del Decreto ley 960 de 1970, el retiro se producirá a solicitud del interesado, del Ministerio Público, de la Vigilancia Notarial, o de oficio, dentro del mes siguiente a la ocurrencia de la causal;
Que conforme al artículo 5° del Decreto 2163 de 1970 los notarios de primera categoría son nombrados por el Gobierno Nacional;
Que por los motivos mencionados se hace necesario retirar del servicio al doctor Miguel Dancur Baldovino y proveer el cargo de Notario Unico del Círculo de La Mesa, Cundinamarca;
Que con fundamento en la certificación expedida por el Superintendente de Notariado y Registro, el doctor Alberto Hernando Basto Peñuela, identificado con la cédula de ciudadanía 19271576 de Bogotá, no se encuentra en circunstancias que impidan el ejercicio de la función notarial y reúne los requisitos exigidos en el artículo 153 del Decreto ley 960 de 1970, para desempeñarse como Notario de Primera Categoría,
DECRETA:
Artículo 1°. Retirar del servicio al doctor Miguel Dancur Baldovino, identificado con la cédula de ciudadanía 3869803 de Magangué, quien se encuentra desempeñando el cargo de Notario único del Círculo de La Mesa, Cundinamarca.
Artículo 2°. Nombrar en interinidad en el cargo de Notario único del Círculo de La Mesa, Cundinamarca, al doctor Alberto Hernando Basto Peñuela, identificado con la cédula de ciudadanía 19271576 de Bogotá.
Artículo 3°. El presente Decreto rige a partir de la fecha de su expedición.
Publíquese, comuníquese y cúmplase.
Dado en Bogotá, D.C., a 18 de agosto de 2005.
ÁLVARO URIBE VÉLEZ
El Ministro del Interior y de Justicia,
Sabas Pretelt de la Vega.