DECRETO 2860 DE 2005

Decretos 2005

DECRETO 2860 DE 2005    

(agosto 18)    

por el cual  se modifica parcialmente el artículo 22 del Decreto 622 del 2000.    

Nota: Ver Decreto 1074 de 2015,  Decreto  Único Reglamentario del Sector Comercio, Industria y Turismo.    

El Presidente de la República de Colombia, en uso de las  facultades constitucionales y legales, en especial de las consagradas en el  numeral 11 del artículo 189 de la Constitución Política,  así como de las conferidas por el artículo 79 del Código de Comercio,    

CONSIDERANDO:    

Que el Decreto 622  del 2000 por el cual se fija la jurisdicción de las Cámaras de Comercio  en todo el territorio nacional, determina en su artículo 22, que “La  jurisdicción de la Cámara de Comercio de Florencia comprende todos los  municipios del departamento del Caquetá”;    

Que en reunión ordinaria de la junta directiva efectuada  el día 28 de abril de 2005 mediante Acta número 526, se aprobó el Acta número  525 de reunión extraordinaria de la Junta Directiva donde se aprueba el cambio  de nombre de la “Cámara de Comercio de Florencia” por el de la  “Cámara de Comercio de Florencia para el Caquetá”,    

DECRETA:    

Artículo 1°. El artículo 22 del Decreto 622  del 2000 quedará así:    

“La Jurisdicción de la Cámara de Comercio de  Florencia para el Caquetá comprende todos los municipios del departamento del  Caquetá”.    

Nota, artículo 1º: Ver artículo  2.2.2.45.22. del Decreto 1074 de 2015,  Decreto  Único Reglamentario del Sector Comercio, Industria y Turismo.    

Artículo 2°. El presente Decreto rige a partir de la fecha  de su publicación.    

Publíquese y cúmplase.    

Dado en Bogotá, D. C., a 18 de agosto de 2005.    

ÁLVARO URIBE VÉLEZ    

El Ministro de Comercio, Industria y Turismo,    

Jorge H. Botero.    

               

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