DECRETO 2777 DE 2006

Decretos 2006

DECRETO 2777  DE 2006    

(agosto 17)    

por el cual  se derogan los Decretos 3234 del  6 de octubre de 2004 y 3146 del  27 de septiembre de 2004, los cuales fijan gravámenes arancelarios a  importaciones procedentes y originarias de Chile.    

El Presidente de la República de Colombia, en ejercicio  de sus facultades constitucionales y legales, en especial de las conferidas por  el numeral 25 del artículo 189 de la Constitución Política,  con sujeción a las normas generales previstas en la Leyes 6ª de 1971 y 7ª de 1991, y    

CONSIDERANDO:    

Que el Gobierno de Colombia activó el mecanismo de  solución de controversias previsto en el Acuerdo de Complementación Económica  número 24 suscrito con la República de Chile, con el objetivo de determinar la  legalidad de las medidas adoptadas por esa nación para restringir el ingreso a  su mercado de azúcar y mezclas de azúcar provenientes de Colombia;    

Que el Grupo Arbitral constituido para dirimir la  mencionada controversia autorizó al Gobierno de Colombia a suspender  transitoriamente concesiones otorgadas a Chile;    

Que en virtud de lo anterior el  Gobierno de Colombia expidió los Decretos 3234 del  6 de octubre de 2004 y 3146 del 27 de septiembre de 2004, por medio de los  cuales fijó unos gravámenes arancelarios a importaciones procedentes y  originarias de Chile, previa recomendación del Comité de Asuntos Aduaneros,  Arancelarios y de Comercio Exterior;    

Que la Comisión Administradora del Acuerdo de  Complementación Económica número 24, suscrito entre las Repúblicas de Chile y  Colombia, mediante la Resolución 5 del 27 de julio de 2006, resolvió poner fin  a la controversia suscitada por la restricción interpuesta por Chile al azúcar  y mezclas de azúcar provenientes de Colombia;    

Que el compromiso de Colombia, establecido en dicha  resolución, es levantar las medidas que suspenden transitoriamente concesiones  otorgadas a Chile;    

Que en consecuencia el Comité de Asuntos Aduaneros,  Arancelarios y de Comercio Exterior en la sesión 160 del 2 de agosto de 2006  recomendó derogar los Decretos 3234 del  6 de octubre de 2004 y 3146 del 27 de septiembre de 2004,    

DECRETA:    

Artículo 1º. Derogar los Decretos 3234 del  6 de octubre de 2004 y 3146  del 27 de septiembre de 2004.    

Artículo 2º. El presente decreto rige a partir de la  fecha de su publicación en el Diario Oficial.    

Publíquese y cúmplase.    

Dado en Bogotá, D. C., a 17 de agosto de 2006.    

 ÁLVARO URIBE VÉLEZ    

El Ministro de Hacienda y Crédito Público,    

Alberto Carrasquilla Barrera.    

El Ministro de Agricultura y Desarrollo Rural,    

 Andrés Felipe  Arias Leiva.    

El Ministro de Comercio, Industria y Turismo,    

 Jorge H. Botero.    

               

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