DECRETO 2754 DE 2005
(agosto 10)
por el cual se modifica el aplazamiento contenido en el Decreto 1200 del 19 de abril de 2005.
El Presidente de la República de Colombia, en uso de sus facultades constitucionales y legales, en especial las conferidas por el numeral 11 del artículo 189 de la Constitución Política y por los artículos 76 y 77 del Estatuto Orgánico del Presupuesto, y
CONSIDERANDO:
Que de conformidad con los artículos 76 y 77 del Estatuto Orgánico del Presupuesto, en cualquier mes del año fiscal, el Gobierno Nacional, previo concepto del Consejo de Ministros, podrá reducir o aplazar total o parcialmente, las apropiaciones presupuestales, entre otros cuando la coherencia macroeconómica así lo exija o cuando el Ministerio de Hacienda y Crédito Público estimare que los recaudos del año puedan ser inferiores al total de gastos y obligaciones contraídas que deban pagarse con cargo a tales recursos. En tales casos el Gobierno podrá prohibir o someter a condiciones especiales la asunción de nuevos compromisos y obligaciones;
Que el Gobierno Nacional previo concepto del Consejo de Ministros, expidió el Decreto 1200 de 2005 mediante el cual se aplazaron algunas apropiaciones del Presupuesto General de la Nación por la suma de $546.933.903.340;
Que se requiere desaplazar recursos para adelantar los programas de erradicación manual de cultivos ilícitos y para poder atender y prevenir emergencias viales que se presenten en el segundo semestre de la presente vigencia, de la Presidencia de la República y del Instituto Nacional de Vías, respectivamente;
Que se solicitó al Consejo de Ministros conceptuar favorablemente sobre el desaplazamiento de las partidas antes mencionadas, incluidas en el Decreto 1200 de 2005, por la suma de veinticuatro mil ciento cuarenta y tres millones doscientos setenta mil pesos ($24.143.270.000) moneda legal;
Que con el propósito de compensar las partidas desaplazadas, se aplazan unas apropiaciones de transferencias del Ministerio de Hacienda y Crédito Público en el rubro de cruce de cuentas con empresas de servicios públicos;
Que en virtud de la autorización conferida por el Consejo de Ministros en su sesión del día 25 de julio de 2005, se podrá efectuar el desaplazamiento y el aplazamiento de las apropiaciones antes mencionadas,
DECRETA:
Artículo 1°. Desaplazar el Presupuesto de Gastos de Inversión para la vigencia fiscal de 2005, en la suma de veinticuatro mil ciento cuarenta y tres millones doscientos setenta mil pesos ($24.143.270.000) moneda legal, según el siguiente detalle:
DESAPLAZAMIENTO-PRESUPUESTO GENERAL
DE LA NACION
CTA. SUBC. OBJG. ORD. SOR. REC. SIT. CONCEPTO APORTE RECURSOS TOTAL
PROG. SUBP. PROY. SPRY NACIONAL PROPIOS
SECCION: 0201
PRESIDENCIA DE LA REPUBLICA
TOTAL 20.000.000.000 20.000.000.000
C. INVERSION 20.000.000.000 20.000.000.000
UNIDAD 020101
GESTION GENERAL 20.000.000.000 20.000.000.000
320 PROTECCION Y BIENESTAR SOCIAL
DEL RECURSO HUMANO 20.000.000.000 20.000.000.000
320 900 INTERSUBSECTORIAL MEDIO AMBIENTE 20.000.000.000 20.000.000.000
320 900 1 IMPLANTACION PROGRAMA FAMILIAS
GUARDABOSQUES 20.000.000.000 20.000.000.000
11 OTROS RECURSOS DEL TESORO 20.000.000.000 20.000.000.000
SECCION: 2402
INSTITUTO NACIONAL DE VIAS
TOTAL 4.143.270.000 4.143.270.000
C. INVERSION 4.143.270.000 4.143.270.000
113 MEJORAMIENTO Y MANTENIMIENTO DE
INFRAESTRUCTURA 4.143.270.000 4.143.270.000
PROPIA DEL SECTOR
113 600 INTERSUBSECTORIAL TRANSPORTE 4.143.270.000 4.143.270.000
113 600 100 MEJORAMIENTO Y MANTENIMIENTO
DE INFRAESTRUCTURA 4.143.270.000 4.143.270.000
VIAL A NIVEL NACIONAL
PREVIO CONCEPTO DNP.
11 OTROS RECURSOS DEL TESORO 4.143.270.000 4.143.270.000
TOTAL DESAPLAZAMIENTO 24.143.270.000 24.143.270.000
Artículo 2°. Aplazar el Presupuesto de Gastos de Funcionamiento para la vigencia fiscal de 2005, en la suma de veinticuatro mil ciento cuarenta y tres millones doscientos setenta mil pesos ($24.143.270.000) moneda legal, según el siguiente detalle:
APLAZAMIENTO-PRESUPUESTO GENERAL DE LA NACION
CTA. SUBC. OBJG. ORD. SOR. REC. SIT. CONCEPTO APORTE RECURSOS TOTAL
PROG. SUBP. PROY. SPRY NACIONAL PROPIOS
SECCION: 1301
MINISTERIO DE HACIENDA Y CREDITO PUBLICO
TOTAL 24.143.270.000 24.143.270.000
A. FUNCIONAMIENTO 24.143.270.000 24.143.270.000
UNIDAD 130101
GESTION GENERAL 24.143.270.000 24.143.270.000
3 TRANSFERENCIAS CORRIENTES 24.143.270.000 24.143.270.000
CTA. SUBC. OBJG. ORD. SOR. REC. SIT. CONCEPTO APORTE RECURSOS TOTAL
PROG. SUBP. PROY. SPRY NACIONAL PROPIOS
3 2 TRANSFERENCIAS AL SECTOR PUBLICO 24.143.270.000 24.143.270.000
3 2 1 ADMINISTRACION PUBLICA CENTRAL 24.143.270.000 24.143.270.000
3 2 1 11 CRUCE DE CUENTAS POR CONCEPTO
DE OBLIGACIONES 24.143.270.000 24.143.270.000
DE LOS ORGANISMOS Y ENTIDADES
DEL GOBIERNO NACIONAL
CON EMPRESAS DE SERVICIOS PUBLICOS
Y ENTIDADESTERRITORIALES PARA EL PAGO
DE SERVICIOS PUBLICOS.
IMPUESTO PREDIAL. DISTRIBUCIÓN PREVIO
CONCEPTO DGPN
11 OTROS RECURSOS DEL TESORO 24.143.270.000 24.143.270.000
TOTAL APLAZAMIENTO 24.143.270.000 24.143.270.000
Artículo 3°. El presente decreto rige a partir de la fecha de su publicación.
Publíquese y cúmplase.
Dado en Bogotá, D. C., a 10 de agosto de 2005.
ÁLVARO URIBE VÉLEZ
El Ministro de Hacienda y Crédito Público,
Alberto Carrasquilla Barrera.