DECRETO 2725 DE 2006

Decretos 2006

DECRETO 2725 DE 2006    

(agosto 11)    

por el cual se crea la Comisión de Honor del IV Congreso Internacional  de la Lengua Española, del XIII Congreso de la Asociación de Academias de la  Lengua Española y de la Reunión para la Firma Definitiva del Acuerdo, para un  Sistema Unitario Hispánico de Certificación del Español, como Lengua  Extranjera, y se dictan otras disposiciones.    

El Presidente de la República  de Colombia, en ejercicio de sus facultades, en especial las conferidas por el  numeral 9° del artículo 59 de la Ley 489 de 1998, y    

CONSIDERANDO:    

Que el artículo 1° de la Ley 397 de 1997-Ley  General de Cultura, en su numeral 3, establece que “El Estado impulsará y  estimulará los procesos, proyectos y actividades culturales en un marco de  reconocimiento y respeto por la diversidad y varieda d cultural de la Nacional  colombiana”;    

Que así mismo, el numeral 7 del  citado artículo señala que “El Estado protegerá el castellano como idioma  oficial de Colombia y las lenguas de los pueblos indígenas y comunidades negras  y raizales en sus territorios…”;    

Que el idioma español es  considerado un elemento fundamental que facilita los procesos de integración en  Iberoamérica;    

Que los Congresos  Internacionales de la Lengua Española constituyen foros universales de  reflexión sobre la situación, problemas y retos del español y pretenden avivar  la conciencia de corresponsabilidad de gobiernos, instituciones y personas en  la promoción y en la unidad de la lengua, así como impulsar el diálogo de toda  la comunidad cultural hispanohablante;    

Que los asuntos que abordará el  IV Congreso Internacional de la Lengua, bajo el lema Presente y futuro de la  lengua española: unidad en la diversidad, constituyen algunos de los  grandes retos del presente y el futuro de la lengua española;    

Que del IV Congreso  Internacional de la Lengua, en su búsqueda de nuevas vías para procurar la  unidad terminológica en los hispanohablantes, pueden surgir proyectos concretos  de acciones concertadas entre las asociaciones científicas del mundo  hispanohablante que permitan superar la situación actual del uso del idioma,  caracterizada por una riesgosa atomización y dispersión;    

Que periódicamente se efectúan  en ciudades de los países hispanoamericanos y de España los Congresos  Internacionales de la Lengua Española;    

Que en la preparación y  organización de tales certámenes intervienen la Real Academia Española, la  Asociación de Academias de la Lengua Española, el Instituto Cervantes y el  Gobierno de la Nación sede del Congreso Internacional;    

Que su Majestad el Rey de  España, don Juan Carlos I de Borbón, es Presidente de Honor de los Congresos  Internacionales de la Lengua Española, junto con los Presidentes de todos los  países anfitriones;    

Que el Instituto Cervantes  desempeña la Secretaría General de los Congresos y la Real Academia Española,  con la Asociación de Academias, tiene la responsabilidad de proponer el  programa académico;    

Que tras recibir el  ofrecimiento del Gobierno de Colombia, en el III Congreso Internacional de la  Lengua Española, celebrado en Rosario, Argentina, se anunció la ciudad de  Cartagena de Indias como sede del IV Congreso Internacional de la Lengua  Española, que se llevará a cabo en marzo de 2007;    

Que el Director de la Real  Academia Española y Presidente de la Asociación de Academias y el Director de  la Academia Colombiana de la Lengua acordaron que, días antes a la iniciación  del IV Congreso Internacional de la Lengua Española, en Cartagena de Indias, se  realizará en Medellín el XIII Congreso de las Academias de la Lengua Española,  en el que aprobarán el texto básico de la Nueva Gramática de la Lengua  Española en la sesión de clausura presidida por SS. MM. Los Reyes de España  y el Presidente de la República de Colombia; y que el Instituto Cervantes  propuso celebrar allí la Reunión para la Firma Definitiva del Acuerdo para un  Sistema Unitario Hispánico de Certificación del Español como Lengua Extranjera;    

Que el IV Congreso  Internacional de la Lengua Española, el XIII Congreso de las Academias de la  Lengua Española y la Reunión para la Firma Definitiva del Acuerdo para un  Sistema Unitario Hispánico de Certificación del Español como Lengua Extranjera,  contribuirán a engrandecer los lazos que vinculan a la comunidad cultural  iberoamericana;    

Que se ha fijado el período  comprendido entre los días 20 y 30 de marzo de 2007 para la celebración de los  eventos que se realizarán en Medellín y Cartagena de Indias;    

Que de conformidad con lo  señalado en los considerandos anteriores y de conformidad con lo preceptuado en  el numeral 9 del artículo 59 de la Ley 489 de 1998, que  establece que corresponde a los ministerios “promover, de conformidad con  los principios constitucionales, la participación de entidades y personas  privadas en la prestación de servicios y actividades relacionadas con su ámbito  de competencia”, el Gobierno Nacional considera necesario establecer la  Comisión de Honor del IV Congreso Internacional de la Lengua Española, del XIII  Congreso de la Asociación de Academias de la Lengua Española y de la Reunión  para la Firma Definitiva del Acuerdo para un Sistema Uniario Hispánico de  Certificación del Español como Lengua Extranjera;    

Que así mismo, el Gobierno  Nacional ha de tomar medidas para contribuir a la preparación y organización de  las reuniones anteriormente señaladas,    

DECRETA:    

Artículo 1°. Creación de la  Comisión de Honor del IV Congreso Internacional de la Lengua Española, del XIII  Congreso de la Asociación de Academias de la Lengua Española y de la Reunión  para la Firma Definitiva del Acuerdo para un Sistema Unitario Hispánico de  Certificación del Español como Lengua Extranjera. Créase la Comisión de  Honor del IV Congreso Internacional de la Lengua Española, del XIII Congreso de  la Asociación de Academias de la Lengua Española y de la Reunión para la Firma  Definitiva del Acuerdo para un Sistema Unitario Hispánico de Certificación del  Español como Lengua Extranjera, que se realizarán en Medellín y Cartagena de  Indias, Colombia, en marzo de 2007.    

Artículo 2°. Integración de  la Comisión de Honor del IV Congreso Internacional de la Lengua Española, del  XIII Congreso de la Asociación de Academias de la Lengua Española y de la  Reunión para la Firma Definitiva del Acuerdo para un Sistema Unitario Hispánico  de Certificación del Español como Lengua Extranjera. La Comisión de Honor  del IV Congreso Internacional de la Lengua Española, del XIII Congreso de la  Asociación de Academias de la Lengua Española y de la Reunión para la Firma  Definitiva del Acuerdo para un Sistema Unitario Hispánico de Certificación del  Español como Lengua Extranjera, estará integrada de la siguiente manera:    

Señora Lina Moreno de Uribe,  Presidenta Honoraria.    

Doctor Belisario Betancur  Cuartas, Ex Presidente de la República de Colombia, Presidente.    

Doctora María Consuelo Araujo  Castro, Ministra de Relaciones Exteriores, o quien haga sus veces.    

Doctora Cecilia María Vélez  White, Ministra de Educación Nacional, o quien haga sus veces.    

Doctora Elvira Cuervo de  Jaramillo, Ministra de Cultura, o quien haga sus veces.    

Doctor Sergio Fajardo  Valderrama, Alcalde de Medellín, sujeto a su previa aceptación.    

Doctor Nicolás Curi Vergara,  Alcalde de Cartagena de Indias, sujeto a su previa aceptación.    

Don Víctor García de la Concha,  Director de la Real Academia Española y Presidente de la Asociación de  Academias de la Lengua Española.    

Don  César Antonio Molina, Director del Instituto Cervantes.    

S. E. Carlos Gómez-Mugica Sanz,  Embajador de España en Colombia.    

Doctor Jaime Posada, Director  de la Academia Colombiana de la Lengua.    

Don Jorge Urrutia, Secretario  del IV Congreso Internacional de la Lengua Española.    

Don Humberto López Morales,  Secretario General de la Asociación de Academias de la Lengua Española.    

Parágrafo. La Comisión de Honor  se reunirá cuando sea convocada por la Presidente Honoraria o por el Presidente  de la misma. Para los miembros que no hacen parte de la Rama Ejecutiva, deberá  considerarse su aceptación previa a la Comisión.    

Artículo 3°. Secretaría  General de la Organización del XIII Congreso de Academias de la Lengua con sede  en Medellín. Tal y como lo establecen los estatutos de la Asociación de  Academias de la Lengua Española, la Secretaría General de la Organización de su  XIII Congreso, que se celebrará en Medellín, estará a cargo de la Comisión  Permanente de la Asociación.    

Artículo 4°. Secretaría  Técnica del XIII Congreso de Academias de la Lengua Española. La Academia  Colombiana de la Lengua Española, encabezada por su Director, ejercerá la  Secretaría Técnica del XIII Congreso de Academias de la Lengua Española con  sede en Medellín.    

Artículo 5°. Secretaría  Administrativa del XIII Congreso de Academias de la Lengua Española con sede en  Medellín. La Alcaldía de Medellín, con el apoyo de las dependencias  pertinentes, ejercerá la Secretaría Administrativa para la coordinación de lo  concerniente a los aspectos financieros, de alojamiento, alimentación,  transporte y actividades culturales y sociales del Congreso que se realizarán  en Medellín, previa aceptación de tal designación por parte del Alcalde Local.    

Artículo 6°. Comité  Ejecutivo del IV Congreso Internacional de la Lengua Española, del XIII  Congreso de la Asociación de Academias de la Lengua Española y de la Reunión  para la Firma Definitiva del Acuerdo para un Sistema Unitario Hispánico de  Certificación del Español como Lengua Extranjera. Para los efectos del IV  Congreso Internacional de la Lengua Española, en Cartagena de Indias, del XIII  Congreso de la Asociación de Academias de la Lengua Española y de la Reunión  para la Firma Definitiva del Acuerdo para un Sistema Unitario Hispánico de  Certificación del Español como Lengua Extranjera, la Comisión de Honor tendrá  un Comité Ejecutivo, integrado de la siguiente manera:    

Doctor Belisario Betancur, ex  Presidente de la República, quien lo presidirá.    

Doctora Elvira Cuervo de  Jaramillo, Ministra de Cultura, o quien haga sus veces Vicepresidente del  Comité.    

S.E. Carlos Gómez-Mugica Sanz,  Embajador de España en Colombia.    

Doctor Jaime Posada, Director  de la Academia Colombiana de la Lengua.    

Doctora Maria Beatriz Canal  Acero, Secretaria General del Ministerio de Cultura, o quien haga sus veces.    

Doctor Hernando Cabarcas  Antequera, Director del Instituto Caro y Cuervo o quien haga sus veces.    

Doctor Rodrigo Llorente,  Tesorero de la A cademia Colombiana de la Lengua.    

Un delegado del Alcalde de  Medellín.    

Un delegado del Alcalde de  Cartagena de Indias.    

Doctor Santiago Díaz  Piedrahíta, Representante del Colegio Máximo de las Academias.    

Doctora María Claudia Parias La  Directora de Asuntos Culturales del Ministerio de Relaciones Exteriores.    

Doctor Galo Burbano, Director  Ejecutivo de la Asociación Colombiana de Universidades.    

El Presidente de la Asociación  de Agregados Culturales Iberoamericanos acreditados en Colombia.    

Parágrafo. Para los miembros  que no hacen parte de la Rama Ejecutiva, deberá considerarse su aceptación  previa al presente Comité.    

Artículo 7°. Funciones del  Comité Ejecutivo de la Comisión de Honor. Son funciones del Comité  Ejecutivo de la Comisión de Honor, las siguientes:    

a) Contribuir, en armonía con  el Instituto Cervantes, con la Real Academia Española y con la Asociación de  Academias de la Lengua Española, a la realización del IV Congreso Internacional  de la Lengua con sede en Cartagena de Indias, y coordinar las relaciones de  cooperación con tales entidades, y    

b) Orientar las actividades de  la Secretaría Técnica del Comité y precisarle su campo de acción.    

Artículo 8°. Funciones del  Presidente del Comité Ejecutivo. Son funciones del Presidente del Comité  Ejecutivo, las siguientes:    

a) Presidir las reuniones;    

a) Convocar sus sesiones y fijar el orden del día;    

b) Velar por el cumplimiento de  los acuerdos adoptados, y    

c) Vigilar las actividades de  la Secretaría Técnica del Comité.    

Artículo 9°. Reuniones del  Comité Ejecutivo. El Comité Ejecutivo se reunirá por lo menos  quincenalmente, en fecha diferente a la reunión de la Comisión de Honor.    

Artículo 10. Secretaría  Técnica del Comité Ejecutivo. El Comité Ejecutivo tendrá una Secretaría  Técnica, a cargo del Director del Instituto Caro y Cuervo.    

Parágrafo. Cuando se requiera,  la Secretaría Técnica podrá conformar grupos internos de trabajo y hacer el  seguimiento de sus labores, de todo lo cual informará puntualmente al Comité  Ejecutivo.    

Artículo 11. Vigencia.  El presente decreto rige a partir de la fecha de su expedición y tendrá  vigencia hasta el último día hábil del mes de abril de 2007.    

Comuníquese y cúmplase.    

Dado en la ciudad de Bogotá, D.  C., a 11 de agosto de 2006,    

ÁLVARO URIBE VÉLEZ    

La Ministra de Cultura,    

Elvira Cuervo de Jaramillo.    

               

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