DECRETO 2721 DE 2005
(agosto 8)
por el cual se suprimen cargos vacantes de la planta de personal del Sanatorio Agua de Di os, ESE.
El Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de las facultades constitucionales y legales, en especial las que le confieren el numeral 14 del artículo 189 de la Constitución Política y el artículo 115 de la Ley 489 de 1998, y
CONSIDERANDO:
Que el artículo 18 de la Ley 790 de 2002 y el Decreto 190 de 2003 disponen que los cargos que quedaren vacantes, como consecuencia de la jubilación o pensión de vejez de los servidores públicos que los desempeñaren, deberán ser suprimidos;
Que el Sanatorio Agua de Dios, ESE, presentó al Departamento Administrativo de la Función Pública, DAFP, el estudio técnico de que trata el artículo 46 de la Ley 909 de 2004, y cuenta con concepto de la Dirección General del Presupuesto Publico Nacional del Ministerio de Hacienda y Crédito Público, para efectos de modificar su planta de personal;
Que la Junta Directiva del Sanatorio Agua de Dios, ESE, en sesión realizada el 3 de septiembre de 2004, decidió someter a aprobación del Gobierno Nacional la supresión de veintisiete (27) cargos vacantes por pensión de los cuales 11 corresponden a empleados públicos y 21 a trabajadores oficiales, tal como consta en el Acta número 06 de la misma fecha;
Que la Junta Directiva en la sesión llevada a cabo el 17 de marzo de 2005, aclaró que de los veintisiete (27) cargos vacantes por pensión, 5 corresponden a empleados públicos y 22 a trabajadores oficiales, tal como consta en el Acta número 02 de la misma fecha,
DECRETA:
Artículo 1°. Suprímense de la planta de personal de empleados públicos del Sanatorio de Agua de Dios, ESE, los siguientes cargos vacantes:
Nº de cargos Dependencia y denominación del empleo Código Grado
1 (Uno) Auxiliar Administrativo 5120 18
2 (Dos) Ecónomo 5150 11
1 Uno) Conductor Mecánico 5310 13
1 (Uno) Celador 5320 11
Artículo 2°. Suprímense veintidós (22) cargos vacantes por pensión de jubilación y/o vejez de trabajadores oficiales de la planta de personal del Sanatorio Agua de Dios, ESE.
Artículo 3°. El presente decreto rige a partir de la fecha de su publicación y modifica en lo pertinente el Decreto 2666 de 1999 y demás disposiciones que le sean contrarias.
Publíquese y cúmplase.
Dado en Bogotá, D. C., a 8 de agosto de 2005.
ÁLVARO URIBE VÉLEZ
El Ministro de Hacienda y Crédito Público,
Alberto Carrasquilla Barrera.
El Ministro de la Protección Social,
Diego Palacio Betancourt.
El Director del Departamento Administrativo de la Función Pública,
Fernando Grillo Rubiano.