DECRETO 2621 DE 2006
(agosto 3)
por el cual se modifica el Decreto 1599 de 2005 sobre el Modelo Estándar de Control Interno para el Estado colombiano.
Nota: Derogado por el Decreto 2913 de 2007, artículo 2º.
El Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de sus facultades constitucionales y legales, en especial las conferidas por el artículo 189, numeral 11 de la Constitución Política y la Ley 87 de 1993,
DECRETA:
Artículo 1°. Las entidades obligadas a implementar el Sistema de Control Interno deberán adoptar el Modelo Estándar de Control Interno para el Estado Colombiano, en un término no superior a veinte (20) meses contados a partir de la vigencia del presente decreto.
Artículo 2°. El presente decreto rige a partir de la fecha de su expedición y modifica en lo pertinente el artículo 4° del Decreto 1599 de 2005.
Publíquese y cúmplase.
Dado en Bogotá, D. C., a 3 de agosto de 2006.
ÁLVARO URIBE VÉLEZ
El Director del Departamento Administrativo de la Función Pública,
Fernando Grillo Rubiano.