DECRETO 2618 DE 2006
(agosto 3)
por el cual se ejecuta una sanción y se efectúa un nombramiento en encargo.
El Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de sus facultades constitucionales y legales en especial las que le confiere el numeral 13 del artículo 189 de la Constitución Política y los artículos 5° del Decreto 2163 de 1970 y 66 numeral 3 del Decreto Reglamentario 2148 de 1983, y
CONSIDERANDO:
Que mediante Resolución número 3208 de 20 de junio de 2005, el Director de Vigilancia de la Superintendencia de Notariado y Registro sancionó al doctor Héctor Vélez Giraldo Notario Segundo del Círculo de Cartago, Valle del Cauca, con suspensión en el ejercicio del cargo por el termino de tres (3) meses;
Que el Superintendente de Notariado y Registro, mediante Resolución 1590 de 14 de marzo de 2006 al resolver el recurso de apelación interpuesto por el disciplinado, confirmó la mencionada sanción, la cual quedó debidamente ejecutoriada el día 14 de marzo de 2006, conforme a la constancia que proferirá el Secretario General de la Superintendencia de Notariado y Registro;
Que el artículo 5° del Decreto 2163 de 1970 faculta al Gobierno Nacional para nombrar a los Notarios de Primera Categoría;
Que corresponde al Gobierno Nacional, en su condición de nominador, hacer efectiva la sanción impuesta al doctor Héctor Vélez Giraldo y designar a la persona que habrá de reemplazarlo durante su ausencia;
Que con fundamento en la certificación expedida por el Superintendente de Notariado y Registro, el doctor Gabriel de Jesús Lara López, identificado con la cédula de ciudadanía 16202199 de Cartago, Valle, no se encuentra en circunstancias que impidan el ejercicio de la función notarial y reúne los requisitos exigidos en el numeral 2 literal a) del artículo 60 del Decreto 2148 de 1983, para desempeñarse como notario de primera categoría;
Que por lo anteriormente expuesto,
DECRETA:
Artículo 1°. Ejecutar la sanción de suspensión en el ejercicio del cargo impuesta al doctor Héctor Vélez Giraldo, identificado con la cédula de ciudadanía número 4323160 de Manizales, Notario Segundo del Círculo de Cartago, Valle del Cauca, por término de tres (3) meses, contados a partir de la fecha de posesión del encargado.
Artículo 2°. Encargar de la Notaría Segunda del Círculo de Cartago, Valle del Cauca, al doctor Gabriel de Jesús Lara López, identificado con la cédula de ciudadanía 16202199 de Cartago, Valle del Cauca, por el término de tres (3) meses.
Artículo 3°. El presente decreto rige a partir de la fecha de su expedición.
Publíquese, comuníquese y cúmplase.
Dado en Bogotá, D. C., a 3 de agosto de 2006.
ÁLVARO URIBE VÉLEZ
El Ministro del Interior y de Justicia,
Sabas Pretelt de la Vega.