DECRETO 258 DE 2006
(enero 30)
por el cual se modifica el literal i) del artículo 18 del Decreto número 2719 de 2000.
El Presidente de la República de Colombia, en uso de sus facultades constitucionales y legales, en especial de las conferidas por el artículo 189 numerales 14 y 16 de la Constitución Política y el artículo 54 de la Ley 489 de 1998,
DECRETA:
Artículo 1°. Modifícase el literal i) del artículo 18 del Decreto 2719 del 2000, el cual quedará así:
“Artículo 18. Area Administrativa y Financiera. Son funciones del Area Administrativa y Financiera:
(…)
i) Celebrar contratos, expedir órdenes de servicio y de compras, comprometer y ordenar los gastos que por todo concepto se requieran, cuyo valor sea igual o inferior a la menor cuantía y certificar la veracidad de la información sobre contratos, multas, sanciones e inhabilidades de los inscritos en el registro de proponentes, sobre licitaciones o concursos que el Departamento Administrativo de la Presidencia de la República adelante, con destino a la Cámara de Comercio y la Confederación Colombiana de Cámaras de Comercio”.
Artículo 2°. El presente decreto rige a partir de la fecha de su publicación y modifica en lo pertinente el Decreto 2719 de 2000.
Publíquese y cúmplase.
Dado en Bogotá, D. C., a 30 de enero de 2006.
ÁLVARO URIBE VÉLEZ
El Ministro de Hacienda y Crédito Público,< /p>
Alberto Carrasquilla Barrera.
El Director del Departamento Administrativo de la Presidencia de la República,
Bernardo Moreno Villegas.
La Subdirectora del Departamento Administrativo de la Función Pública, encargada de las funciones del Despacho del Director del Departamento Administrativo de la Función Pública,
Carla Liliana Henao Carmona