DECRETO 247 DE 2005
(febrero 7)
por medio del cual se modifica el Decreto 1640 del 19 de agosto de 1993, que asignó una circunscripción consular.
Nota: Modidifcado por el Decreto 4118 de 2008.
El Presidente de la República de Colombia, en uso de las facultades constitucionales y legales y en especial las que le confieren los numerales 2 y 14 del artículo 189 de la Constitución Política, la Ley 17 de 1971 y el Decreto 1538 del 17 de mayo de 2004, por medio del cual se reglamenta la apertura de oficinas consulares honorarias, el servicio consular honorario de Colombia y se dictan otras disposiciones sobre la materia,
DECRETA:
Artículo 1°. Modificado por el Decreto 4118 de 2008, artículo 1º. Adscribir a la circunscripción del Consulado Honorario de Colombia en Curitiba, República Federativa del Brasil, el Estado de Tocantins. La circunscripción quedará así:
Consulado Honorario en Curitiba con circunscripción en los Estados de Paraná, Mato Grosso del Sur, Santa Catarina y Tocantins.
Texto inicial del artículo 1º. Modifíquese el artículo 1° del Decreto 1640 del 19 de agosto de 1993 así:
Adscribir a la circunscripción del Consulado Honorario de Colombia en Curitiba, República Federativa del Brasil, el Estado de Santa Catarina. La circunscripción quedará así:
Consulado Honorario en Curitiba con circunscripción en los Estados de Paraná, Mato Grosso del Sur y Santa Catarina.”.
Artículo 2°. El presente decreto deroga todas las disposiciones que le sean contrarias.
Artículo 3°. El presente decreto rige a partir de la fecha de su publicación.
Publíquese, comuníquese y cúmplase.
Dado en Bogotá, D. C., a 7 de febrero de 2005.
ÁLVARO URIBE VÉLEZ
La Ministra de Relaciones Exteriores,
Carolina Barco.