DECRETO 2281 DE 2005
(julio 5)
por el cual se suprimen unos cargos de la planta de personal de la Empresa Colombiana de Vías Férreas, Ferrovías en liquidación.
El Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de las facultades constitucionales y legales en especial las que le confieren el numeral 14 del artículo 189 de la Constitución Política y el artículo 115 de la Ley 489 de 1998, y
CONSIDERANDO:
Que el Gobierno Nacional expidió el Decreto 1791 del 26 de junio de 2003, por el cual se suprime la Empresa Colombiana de Vías Férreas, Ferrovías y se ordena su liquidación;
Que la Empresa Colombiana de Vías Férreas, Ferrovías, en liquidación, presentó al Departamento Administrativo de la Función Pública la justificación técnica de que trata el artículo 46 de la Ley 909 de 2004, obteniendo el concepto técnico favorable de ese Departamento;
Que la Dirección General del Presupuesto Público Nacional del Ministerio de Hacienda y Crédito Público, expidió el respectivo certificado de viabilidad presupuestal;
Que la Junta Liquidadora de la Empresa Colombiana de Vías Férreas, Ferrovías, en liquidación, sometió a aprobación del Gobierno Nacional la supresión de cargos de la planta de personal, de acuerdo con el Acta número 001 del 10 de septiembre de 2003,
DECRETA:
Artículo 1°. Suprímense de la planta de personal de la Empresa Colombiana de Vías Férreas, Ferrovías, en liquidación, los siguientes cargos:
N° de empleos Dependencia y denominación del empleo Código Grado
2 (Dos) Director Regional 2035 26
Artículo 2°. El presente decreto rige a partir de la fecha de su publicación y modifica en lo pertinente el Decreto 1917 de 1995 y demás disposiciones que le sean contrarias.
Publíquese y cúmplase.
Dado en Bogotá, D. C., a 5 de julio de 2005.
ÁLVARO URIBE VÉLEZ
El Ministro de Hacienda y Crédito Público,
Alberto Carrasquilla Barrera.
El Ministro de Transporte,
Andrés Uriel Gallego Henao.
El Director del Departamento Administrativo de la Función Pública,
Fernando Grillo Rubiano.