DECRETO 2259 DE 2005

Decretos 2005

DECRETO 2259 DE 2005    

(julio 5)    

por el cual se suprimen cargos vacantes de  la planta de personal del Hospital Militar Central.    

Nota: Derogado por el Decreto 4781 de 2008,  artículo 10.    

El Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de  las facultades constitucionales y legales, en especial las que le confieren el  numeral 14 del artículo 189 de la Constitución Política y  el artículo 115 de la Ley 489 de 1998, y    

CONSIDERANDO:    

Que el artículo 18 de la Ley 790 de 2002 y el Decreto 190 de 2003  disponen que los cargos que quedaren vacantes como consecuencia de la  jubilación o pensión de vejez de los servidores públicos que los desempeñaren,  deberán ser suprimidos;    

Que el Hospital Militar Central presentó al Departamento  Administrativo de la Función Pública la justificación técnica de que trata el  artículo 46 de la Ley 909 de 2004, el  cual emitió concepto técnico favorable y cuenta con concepto de la Dirección  General de Presupuesto Nacional del Ministerio de Hacienda y Crédito Público  para efectos de modificar su planta de personal;    

Que el Consejo Directivo del Hospital Militar Central, en  sesión del 24 de septiembre de 2004, según Acta número 04 decidió someter a  aprobación del Gobierno Nacional la supresión de cargos vacantes de su planta  de personal,    

DECRETA:    

Artículo 1º. Suprímense de la planta de personal del  Hospital Militar Central los siguientes cargos vacantes:    

Nº de cargos                                  Denominación  del empleo         Código        Grado    

                   PLANTA GLOBAL    

1 (Uno)       Profesional Especializado                3010     15    

1 (Uno)       Técnico Operativo                          4080     10    

1 (Uno)       Auxiliar Administrativo                         5120 20    

2 (Dos)       Secretario                                      5140     13    

3 (Tres)       Enfermero  Auxiliar                          5345     20    

Artículo 2º. Suprímense de la planta de personal del  Hospital Militar Central, cuatro (4) cargos vacantes de trabajadores oficiales.    

Artículo 3º. Como consecuencia de lo dispuesto en el  artículo anterior, el número de trabajadores oficiales al servicio del Hospital  Militar Central será de hasta ciento cuarenta y cuatro (144).    

Artículo 4º. El presente decreto rige a partir de la fecha  de su publicación y modifica en lo pertinente al Decreto 1017 de 2004.    

Publíquese y cúmplase.    

Dado en Bogotá, D. C., a 5 de julio de 2005.    

ÁLVARO URIBE VÉLEZ    

El Ministro de Hacienda y Crédito Público,    

Alberto Carrasquilla Barrera.    

El Ministro de Defensa Nacional,    

Jorge Alberto Uribe Echavarría.    

El Director del Departamento Administrativo de la Función  Pública,    

Fernando Grillo Rubiano.    

               

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