DECRETO 2245 DE 2006
(julio 7)
por el cual se otorga una condecoración.
El Presidente de la República de Colombia, en uso de sus facultades legales y en especial las conferidas en los decretos 174 de 1974, 1009 de 1974 y 934 de 2002, y
CONSIDERANDO:
Que por Decreto 174 del 5 de febrero de 1974 se estableció la Gran Medalla Cívica General “Francisco de Paula Santander”, normatividad que fue modificada por el Decreto 1009 del 30 de mayo de 1974.
Que el parágrafo primero del artículo primero del Decreto 934 del 10 de mayo de 2002, modificatorio del Decreto 1009 del 30 de mayo de 1974, establece que la condecoración Gran Medalla Cívica General “Francisco de Paula Santander”, en su categoría de Medalla Oficial, podrá concederse a personas naturales o jurídicas nacionales o extranjeras que a juicio del Gobierno Nacional se hayan distinguido por sus eminentes servicios a la causa de la educación y de la cultura por su contribución decidida al desarrollo educativo y cultural de Colombia.
Que COLFUTURO tiene como misión promover, orientar, financiar y participar en la formación de profesionales colombianos a nivel de posgrado fuera del país, siguiendo como criterio básico de selección la excelencia académica tanto del candidato como del programa que este va a desarrollar.
Que COLFUTURO se ha destacado a nivel nacional como una institución sin ánimo de lucro, por cuanto ha canalizado recursos con el objetivo de brindar una oportunidad a los estudiantes que desean cursar posgrados en el exterior, promoviendo por consiguiente el enriquecimiento personal y académico de los profesionales beneficiarios, así como el aporte al país de sus conocimientos.
Que COLFUTURO, tras quince años de funcionamiento, ha hecho realidad los sueños de más de 1550 profesionales colombianos, quienes han logrado cursar sus posgrados en diferentes universidades del exterior y gracias a un manejo financiero óptimo, el fondo original se ha duplicado, garantizando el respaldo a los estudiantes beneficiarios de los créditos-beca y la solidez de la fundación para seguir operando.
Que COLFUTURO ha consolidado los objetivos de la Consejería Académica en Educación Internacional, Inglés e Intermediación Laboral, que apoyan el esfuerzo central del Programa Crédito – Beca, ofreciendo además acompañamiento a los estudiantes en todo el proceso formativo, por lo que 1.160 becarios han realizado estudios de maestría y más de 400 estudiantes han cursado doctorados y especializaciones.
Que el Gobierno Nacional ha considerado de la mayor importancia destacar, reconocer y exaltar la labor desarrollada al servicio de la Educación, la Ciencia y la Cultura Colombiana por COLFUTURO;
Que en mérito de lo expuesto,
DECRETA:
Artículo 1°. Conceder la Condecoración Gran Medalla Cívica General “Francisco de Paula Santander” en la categoría de Medalla Oficial a COLFUTURO.
Artículo 2°. Destacar la entidad condecorada a favor de la educación, a lo largo de sus 15 años de servicios.
Artículo 2°. La condecoración será impuesta por el señor Presidente de la República o su delegado en ceremonia que se llevará a cabo para tal fin.
Artículo 4°. El presente decreto rige a partir de la fecha de su expedición.
Publíquese, comuníquese y cúmplase.
Dado en Bogotá, D. C., a 7 de julio de 2006.
ÁLVARO URIBE VÉLEZ
La Secretaria General del Ministerio de Educación Nacional Encargada de las Funciones del Despacho de la Ministra de Educación Nacional,
Nohemy Arias Otero.