DECRETO 2204 DE 2005

Decretos 2005

DECRETO 2204 DE 2005    

(28 de junio)    

Por el cual se reglamenta el artículo 19 de la ley 546 de 1999    

EL PRESIDENTE DE LA  REPÚBLICA DE COLOMBIA    

En ejercicio de sus facultades  constitucionales y legales, en especial de las conferidas por los numerales 11  y 25 del artículo 189 de la Constitución Política y  el numeral 30 del artículo 20 de la Ley 546 de 1999    

DECRETA:    

ARTÍCULO 1°.-Para el cálculo del límite de los intereses  moratorios previstos en el artículo 19 de la Ley 546 de 1999, los intereses  remuneratorios pactados no podrán exceder los límites fijados por la Junta  Directiva del Banco de la República en la Resolución Externa 03 de 2005 y las  normas que la complementen o la modifiquen.    

ARTÍCULO 2°.-VIGENCIA Y DEROGATORIAS. El presente Decreto rige a partir de su    

publicación y deroga el decreto 234 de 2000.    

PUBLIQUESE Y CUMPLASE    

Dado en Bogotá D.C., a los 28  días de junio de 2005    

PRESIDENTE  DE LA REPUBLICA,    

ALVARO URIBE VELEZ    

Ministerio  de Hacienda y Crédito Público,    

ALBERTO CARRASQUILLA BARRERA              

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