DECRETO 2176 DE 2005

Decretos 2005

DECRETO 2176 DE 2005    

(junio  27)    

por el  cual se delegan unas funciones constitucionales.    

El  Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de las facultades que le  confiere el artículo 196 de la Constitución Política, y    

CONSIDERANDO:    

Que el  Presidente de la República se trasladará el día 29 de junio del presente año, a  la ciudad de Tegucigalpa (Honduras), con el fin de asistir a la Cumbre de  Presidentes de los Países Miembros del Plan Puebla Panamá;    

Que de  co nformidad con las disposiciones constitucionales y con la precedencia  establecida en las leyes, el Ministro de Hacienda y Crédito Público, está  habilitado para ejercer funciones constitucionales como Ministro Delegatario,  toda vez que el señor Ministro del Interior y de Justicia, y la Ministra de  Relaciones Exteriores, quienes le preceden en el orden legal, se encuentran  fuera del país para la fecha en que el Presidente realizará el viaje,    

DECRETA:    

Artículo  1°. Por el tiempo que dure la ausencia del Presidente de la República, en razón  del viaje a que se refieren los considerandos del presente decreto, deléganse  en el Ministro de Hacienda y Crédito Público, doctor Alberto Carrasquilla  Barrera, las funciones correspondientes a los siguientes asuntos:    

1.  Artículos 129; 189, con excepción de lo previsto en los numerales 1 y 2, 303,  304 y 314.    

2.  Artículo 150, numeral 10, en cuanto se refiere al ejercicio de las facultades  extraordinarias concedidas al Presidente de la República.    

3.  Artículos 163, 165 y 166.    

4.  Artículos 200 y 201.    

5. Artículos  213, 214 y 215.    

Artículo  2°. El presente decreto rige a partir de la fecha de su expedición.    

Publíquese  y cúmplase.    

Dado en  Bogotá, D. C., a 27 de junio de 2005.    

ÁLVARO  URIBE VÉLEZ    

               

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