DECRETO 211 DE 2005

Decretos 2005

DECRETO 211 DE 2005    

(febrero 1°)    

por el cual se delegan unas funciones  constitucionales.    

 Nota 1:  Derogado por el Decreto 645 de 2005,  artículo 2.    

Nota 2: Modificado parcialmente por el Decreto 202 de 2005.    

El Presidente de la República  de Colombia, en ejercicio de las facultades que le confiere el artículo 196 de la Constitución Política, y    

CONSIDERANDO:    

Que el Presidente de la  República se trasladará a las ciudades de:    

-Madrid (España), entre los  días 5 al 10 de febrero de 2005, con el fin de asistir a una visita de Estado.    

-París (Francia), el día 10 de  febrero de 2005, con el fin de asistir a una visita de Trabajo.    

-Bruselas (Bélgica), los días  10 y 11 de 2005, con el fin de asistir a una visita de Trabajo.    

Que de conformidad con las  disposiciones constitucionales y con la precedencia establecida en las leyes,  el Ministro de Justicia y del Derecho, doctor Sabas Pretelt de la Vega, está  habilitado para ejercer las funciones constitucionales como Ministro  Delegatario,    

DECRETA:    

Artículo 1°. Por el tiempo que  dure la ausencia del Presidente de la República, en razón de los viajes a que  se refieren los considerandos del presente decreto, delégase en el Ministro del  Interior y de Justicia, doctor Sabas Pretelt de la Vega, las funciones  constitucionales correspondientes a los siguientes asuntos:    

1. Artículos 129; 189, con  excepción de lo previsto en los numerales 1 y 2, 303, 304 y 314.    

2. Artículo 150, numeral 10, en  cuanto se refiere al ejercicio de las facultades extraordinarias concedidas al  Presidente de la República.    

3. Artículos 163, 165 y 166.    

4. Artículos 200 y 201.    

5. Artículos 213, 214 y 215.    

Artículo 2°. El presente  decreto rige a partir de la fecha de su expedición.    

Publíquese y cúmplase.    

Dado en Bogotá, D. C., a 1° de  febrero de 2005.    

ÁLVARO URIBE  VÉLEZ    

               

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