DECRETO 210 DE 2005

Decretos 2005

DECRETO 210 DE 2005    

(febrero 1°)    

por el cual se delegan unas funciones  constitucionales.    

 Nota: Derogado por el Decreto 301 de 2005, artículo  2 y por el Decreto 645 de 2005,  artículo 2.    

El Presidente de la República  de Colombia, en ejercicio de las facultades que le confiere el artículo 196 de la Constitución Política, y    

CONSIDERANDO:    

Que el Presidente de la  República se trasladará el día 3 de febrero del presente año a la ciudad de  Caracas (República Bolivariana de Venezuela), con el fin de asistir a un  encuentro bilateral;    

Que de conformidad con las  disposiciones constitucionales y con la precedencia establecida en las leyes,  el Ministro del Interior y de Justicia, está habilitado para ejercer las  funciones constitucionales como Ministro Delegatario,    

DECRETA:    

Artículo 1°. Por el tiempo que  dure la ausencia del Presidente de la República, en razón del viaje a que se  refieren los considerandos del presente decreto, deléganse en el Ministro del  Interior y de Justicia, doctor Sabas Pretelt de la Vega, las funciones  correspondientes a los siguientes asuntos:    

1. Artículos 129; 189, con  excepción de lo previsto en los numerales 1, y 2, 303, 304 y 314.    

2. Artículo 150, numeral 10, en  cuanto se refiere al ejercicio de las facultades extraordinarias concedidas al  Presidente de la República.    

3. Artículos 163, 165 y 166.    

4. Artículos 200 y 201.    

5. Artículos 213, 214 y 215.    

Artículo 2°. El presente  decreto rige a partir de la fecha de su expedición.    

Publíquese y cúmplase.    

Dado en Bogotá, D. C., a 1° de  febrero de 2005.    

ÁLVARO URIBE  VÉLEZ    

               

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