DECRETO 2089 DE 2005

Decretos 2005

DECRETO 2089 DE 2005    

(junio 21)    

por el cual se amplía el plazo para la  liquidación de la Empresa Colombiana de Vías Férreas, Ferrovías en Liquidación.    

Nota:  Modificado parcialmente por el Decreto 2386 de 2007.    

El  Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de las facultades  constitucionales y legales en especial las que le confieren el numeral 15 del  artículo 189 de la Constitución Política,  el artículo 52 de la Ley 489 de 1988 y el Decreto ley 254 de  2000, y    

CONSIDERANDO:    

Que el  artículo 1° del Decreto  1791 de junio 26 de 2003, dispuso la supresión de la Empresa Colombiana de  Vías Férreas, Ferrovías, y ordenó su liquidación en un plazo de dos años,  prorrogables por un plazo igual;    

Que se  presentan avances significativos dentro el proceso de liquidación de la Empresa  Colombiana de Vías Férreas, Ferrovías en Liquidación, pero dado lo complejo de  la liquidación restan por llevar a cabo acciones en los procesos de  identificación, saneamiento, valoración de los bienes muebles e inmuebles,  reorganización de los inventarios documentales, reorganización y trámite de los  procesos judiciales, que ascienden a 400, cuentas por cobrar, depuración y  establecimiento de contingencias reales, saneamiento contable y cierre de la  contabilidad, la transferencia de parte de los bienes muebles e inmuebles al  Fondo de Pasivo Social de los Ferrocarriles Nacionales, al Instituto Nacional  de Vías, Invías, e Instituto Nacional de Concesiones, INCO, Ministerio de  Transporte, tramitar la enajenación de algunos bienes muebles e inmuebles y  entrega del final de los procesos al Ministerio de Transporte y entidades  correspondientes;    

Que de  acuerdo con el informe de gestión presentado al señor Ministro de Transporte y  la programación de las actividades pendientes por ejecutar dentro del proceso  de liquidación de la Empresa Colombiana de Vías Férreas, Ferrovías en  Liquidación presentados por el liquidador el 13 de abril de 2005, se considera  necesario prorrogar el plazo establecido en el Decreto  1791 de junio 26 de 2003;    

Que la Ley 921 de 2004, por  la cual se aprobó el Presupuesto General de la Nación para la vigencia fiscal  de 2005, a través de su Decreto de Liquidación número 4365 de 2004,  previó los recursos que demanda el proceso de liquidación de la Empresa  Colombiana de Vías Férreas, Ferrovías en Liquidación hasta el 31 de diciembre  de 2005,    

DECRETA:    

Artículo 1°.  Ampliar hasta el 26 de junio de 2007  el plazo conferido mediante el Decreto  1791 de junio 26 de 2003, para concluir el proceso de liquidación de la  Empresa Colombiana de Vías Férreas, Ferrovías en Liquidación.    

Artículo 2°. El presente decreto rige a partir de la fecha de su  publicación y modifica en lo pertinente al Decreto  1791 de junio 26 de 2003.    

Publíquese y  cúmplase.    

Dado en  Bogotá, D. C., a 21 de junio de 2005.    

ÁLVARO URIBE  VÉLEZ    

El Ministro  de Hacienda y Crédito Público,    

Alberto  Carrasquilla Barrera.    

El Ministro  de Transporte,    

Andrés Uriel  Gallego Henao.    

El Director  del Departamento Administrativo de la Función Pública,    

Fernando  Grillo Rubiano.              

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