DECRETO 2085 DE 2005

Decretos 2005

DECRETO 2085 DE 2005    

(20 de junio)    

Por el cual se modifica parcialmente el artículo  2 del  decreto 4313 de 2004    

Nota:  Derogado por el Decreto 2355 de 2009,  artículo 27.    

EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA DE COLOMBIA,    

En ejercicio de las facultades  constitucionales y legales, en especial previstas en el ordinal 11 del artículo  189 de la Constitución Política,  en el artículo 27 de la Ley 715 de 2001, y en  los artículos 55 a 63 y 200 de la Ley 115 de 1994,    

DECRETA:    

ARTICULO  1°. El artículo 2 del decreto 4313 de 2004  quedará así:    

“Artículo  2°-Capacidad para contratar la prestación del servicio educativo. Las  entidades territoriales certificadas podrán contratar la prestación del servicio  educativo que requieran, con personas jurídicas y naturales de derecho público  o privado, de reconocida trayectoria e idoneidad en la prestación o promoción  del servicio de educación formal.”    

ARTICULO  2°. El presente decreto rige a partir de su publicación, deroga las  disposiciones que le sean contrarias.    

PUBLÍQUESE Y CUMPLASE    

Dado en Bogotá, D. C., a  los 20 día de junio de 2005    

ALVARO URIBE VELEZ    

PRESIDENTE DE LA  REPÚBLICA    

LA  MINISTRA DE EDUCACIÓN NACIONAL, CECILIA MARIA VELEZ WHITE              

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