DECRETO 1984 DE 2006

Decretos 2006

DECRETO 1984 DE 2006    

(junio  15)    

por el cual se modifica el artículo 1° del Decreto  número 822 del 2000.    

Nota: Derogado por el Decreto 1919 de 2013,  artículo 3º.    

El Presidente de la República de Colombia, en uso de sus facultades  constitucionales y legales, en especial de las conferidas por los artículos 189 numeral 16 y 202 de la Constitución Política,    

DECRETA:    

Artículo 1°. Modifíquese el artículo 1° del Decreto 822 de 2000,  el cual quedará así:    

“Artículo 1°. Créase en el Departamento Administrativo de la  Presidencia de la República, el Programa Presidencial para el Sistema Nacional  de Juventud, el cual ejercerá sus actividades bajo la supervisión inmediata del  Vicepresidente de la República.    

Este Programa podrá utilizar la expresión ‘Colombia Joven’ para todos  sus efectos”.    

Artículo 2°. El presente decreto rige a partir de la fecha de su  publicación.    

Publíquese y cúmplase.    

Dado en Bogotá, D. C., a 15 de junio de 2006.    

ÁLVARO  URIBE VÉLEZ    

El Director del Departamento Administrativo de la Presidencia de la  República,    

Bernardo  Moreno Villegas.    

El Director del Departamento Administrativo de la Función Pública,    

Fernando  Grillo Rubiano.    

               

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