DECRETO 1731 DE 2006

Decretos 2006

DECRETO 1731 DE 2006    

(mayo  30)    

por el cual se dictan  disposiciones en materia salarial.    

Nota: Derogado parcialmente por el Decreto 2699 de 2012.    

El  Presidente de la República de Colombia, en desarrollo de las normas generales  señaladas en la Ley 4ª de 1992,    

DECRETA:    

Artículo  1°. El Oficial de las Fuerzas Militares o de la Policía Nacional destinado en  Comisión para desempeñar las funciones de Jefe de la Casa Militar de la  Presidencia de la República, tendrá derecho a percibir, mientras desempeñe  estas funciones, la remuneración mensual que por concepto de asignación básica,  gastos de representación y prima técnica le corresponda al empleo de Secretario  de Presidencia de la República, Código 140 Grado 41 del Departamento  Administrativo de la Presidencia de la República.    

Las  primas y subsidios que le correspondan como militar, se liquidarán de  conformidad con las disposiciones establecidas para el personal uniformado de  las Fuerzas Militares o de Policía Nacional.    

Artículo  2°. Inciso 1º derogado por el Decreto 2699 de 2012,  artículo 3°. El Oficial de las  Fuerzas Militares o de la Policía Nacional destinado en Comisión para  desempeñar las funciones de Jefe de la Casa Militar, tendrá derecho a la  Bonificación de Dirección a que se refieren los Decretos 3150 y 3630 de 2005, en los términos establecidos en estos decretos.    

Parágrafo.  Los gastos a que hace referencia el presente decreto, serán cancelados con  cargo al presupuesto del Departamento Administrativo de la Presidencia de la  República.    

Artículo  3°. El presente decreto rige a partir de la fecha de su publicación, deroga las  disposiciones que le sean contrarias y surte efectos fiscales a partir del 1°  de enero de 2006.    

Publíquese  y cúmplase.    

Dado en  Bogotá, D. C., a 30 de mayo de 2006.    

ÁLVARO  URIBE VÉLEZ    

El  Ministro de Hacienda y Crédito Público,    

Alberto  Carrasquilla Barrera.    

El  Ministro de Defensa Nacional,    

Camilo  Ospina Bernal.    

El  Director del Departamento Administrativo de la Presidencia de la República,    

Bernardo  Moreno Villegas.    

El Director  del Departamento Administrativo de la Función Pública,    

Fernando  Grillo Rubiano.    

               

Deja un comentario

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *