DECRETO 1731 DE 2006
(mayo 30)
por el cual se dictan disposiciones en materia salarial.
Nota: Derogado parcialmente por el Decreto 2699 de 2012.
El Presidente de la República de Colombia, en desarrollo de las normas generales señaladas en la Ley 4ª de 1992,
DECRETA:
Artículo 1°. El Oficial de las Fuerzas Militares o de la Policía Nacional destinado en Comisión para desempeñar las funciones de Jefe de la Casa Militar de la Presidencia de la República, tendrá derecho a percibir, mientras desempeñe estas funciones, la remuneración mensual que por concepto de asignación básica, gastos de representación y prima técnica le corresponda al empleo de Secretario de Presidencia de la República, Código 140 Grado 41 del Departamento Administrativo de la Presidencia de la República.
Las primas y subsidios que le correspondan como militar, se liquidarán de conformidad con las disposiciones establecidas para el personal uniformado de las Fuerzas Militares o de Policía Nacional.
Artículo 2°. Inciso 1º derogado por el Decreto 2699 de 2012, artículo 3°. El Oficial de las Fuerzas Militares o de la Policía Nacional destinado en Comisión para desempeñar las funciones de Jefe de la Casa Militar, tendrá derecho a la Bonificación de Dirección a que se refieren los Decretos 3150 y 3630 de 2005, en los términos establecidos en estos decretos.
Parágrafo. Los gastos a que hace referencia el presente decreto, serán cancelados con cargo al presupuesto del Departamento Administrativo de la Presidencia de la República.
Artículo 3°. El presente decreto rige a partir de la fecha de su publicación, deroga las disposiciones que le sean contrarias y surte efectos fiscales a partir del 1° de enero de 2006.
Publíquese y cúmplase.
Dado en Bogotá, D. C., a 30 de mayo de 2006.
ÁLVARO URIBE VÉLEZ
El Ministro de Hacienda y Crédito Público,
Alberto Carrasquilla Barrera.
El Ministro de Defensa Nacional,
Camilo Ospina Bernal.
El Director del Departamento Administrativo de la Presidencia de la República,
Bernardo Moreno Villegas.
El Director del Departamento Administrativo de la Función Pública,
Fernando Grillo Rubiano.