DECRETO 1673 DE 2005
(mayo 24)
por el cual se adiciona el Presupuesto General de la Nación para la vigencia fiscal de 2005
Nota: Este adición fue liquidada por el Decreto 1906 de 2005.
El Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de las facultades constitucionales y legales, en especial la que le confiere el artículo 33 del Estatuto Orgánico del Presupuesto, y
CONSIDERANDO:
Que el Congreso de la República en virtud del artículo 349 de la Constitución Política expidió la Ley 921 de 2004, por la cual se decreta el Presupuesto General de la Nación para la vigencia fiscal de 2005 el cual se liquidó por medio del Decreto 4365 de 2004;
Que el artículo 352 de la Constitución Política le otorga a la Ley Orgánica del Presupuesto la facultad de regular lo concerniente a la programación, aprobación, modificación y ejecución del Presupuesto General de la Nación;
Que el Gobierno de la República de Colombia a través del Departamento Administrativo de la Presidencia de la República, recibió una subvención proveniente de la Comunidad de Madrid (Consejería de Familia y Asuntos Sociales), la suma de 487.178 Euros, para el desarrollo y apoyo a la financiación del proyecto “Conformación y Fortalecimiento de Organizaciones Solidarias de las Familias Beneficiarias del Programa Familia Guardabosques”, el cual se desarrollará en el marco del programa Familias Guardabosques;
Que de conformidad con el artículo 33 del Estatuto Orgánico del Presupuesto General de la Nación, los recursos de asistencia o cooperación internacional de carácter no reembolsables, hacen parte del presupuesto de rentas del Presupuesto General de la Nación y se incorporarán al mismo como donaciones de capital mediante decreto del Gobierno, previa certificación de su recaudo expedido por el órgano receptor;
Que el Departamento Nacional de Planeación, mediante Oficios DIFP-SPSC-14-0104-2005 y DIFP-SPSC-14135-2005 del 8 y 18 de abril de 2005, respectivamente, suscrito por el Director de Inversiones y Finanzas Públicas, emitió concepto favorable sobre la adición de los recursos, al presupuesto del Departamento Administrativo de la Presidencia de la República;
Asimismo, la Dirección de Crédito Público y del Tesoro Nacional con Oficio número 0275 del 8 de febrero de 2005, comunicó al Departamento Administrativo de la Presidencia de la República que fue abonada en la cuenta 51010080 denominada Dirección del Tesoro Nacional Euros, el valor de Euros 487.178, en dos operaciones, una por EUR 482.833 y la otra por EUR 4.345;
Que por lo anterior es necesario adicionar el Presupuesto General de la Nación del año 2005;
DECRETA:
Artículo 1°. Presupuesto de rentas y recursos de capital. Efectúase la siguiente adición en el Presupuesto General de la Nación para la vigencia fiscal de 2005, en la suma de mil quinientos diez millones doscientos cincuenta y un mil ochocientos pesos ($1.510.251.800) moneda legal, según el siguiente detalle:
RENTAS DEL PRESUPUESTO GENERAL DE LA NACION
I. INGRESOS DEL PRESUPUESTO NACIONAL 1.510.251.800
2. RECURSOS DE CAPITAL DE LA NACION 1.510.251.800
Artículo 2°. Presupuesto de gastos. Efectúase la siguiente adición al Presupuesto General de la Nación para la vigencia fiscal del 1° de enero al 31 de diciembre de 2005, en la suma de mil quinientos diez millones doscientos cincuenta y un mil ochocientos pesos ($1.510.251.800) moneda legal, según el siguiente detalle:
ADICIONES-PRESUPUESTO GENERAL DE LA NACION
CTA. SUBC. CONCEPTO APORTE RECURSOS TOTAL
PROG SUBP NACIONAL PROPIOS
SECCION 020101
DEPART AMENTO ADMINISTRATIVO
DE LA PRESIDENCIA DE LA REPUBLICA
C. PRESUPUESTO DE INVERSION 1.510.251.800 1.510.251.800
320 PROTECCION Y BIENESTAR SOCIAL
DEL RECURSO HUMANO 1.510.251.800 1.510.251.800
· INTERSUBSECTORIAL MEDIO
AMBIENTE 1.510.251.800 1.510.251.800
TOTAL PRESUPUESTO SECCION 1.510.251.800 1.510.251.800
Artículo 3°. El presente decreto rige a partir de la fecha de su publicación.
Comuníquese y cúmplase.
Dado en Bogotá, D. C., a 24 de mayo de 2005.
ÁLVARO URIBE VÉLEZ
El Ministro de Hacienda y Crédito Público,
Alberto Carrasquilla Barrera.