DECRETO 167 DE 2006
(enero 24)
por el cual se aplaza la entrada en vigencia del Decreto 4665 de 2005.
El Presidente de la República de Colombia, en uso de las facultades que le confieren el numeral 25 del artículo 189 de la Constitución Política de Colombia, con sujeción a los artículos 3° de la Ley 6ª de 1971 y 2° de la Ley 7ª de 1991,
DECRETA:
Artículo 1°. Modifícase el artículo 9° del Decreto 4665 de 2005, el cual quedará así:
“Artículo 9°. Vigencia. El presente decreto rige a partir del 1° de marzo de 2006, previa su publicación”.
Artículo 2°. Este Decreto rige a partir de su publicación.
Publíquese y cúmplase.
Dado en Bogotá, D. C., a 24 de enero de 2006.
ÁLVARO URIBE VÉLEZ
El Ministro de Hacienda y Crédito Público,
Alberto Carrasquilla Barrera.
El Ministro de Comercio, Industria y Turismo,
Jorge Humberto Botero Angulo