DECRETO 1622 DE 2006

Decretos 2006

DECRETO  1622 DE 2006    

(mayo 26)    

por el cual  se nombra Superintendente de Notariado y Registro ad hoc.    

El Presidente de la República de Colombia, en ejercicio  de las facultades que le confiere el numeral 13 del artículo 189 de la Constitución Política, y  en especial el artículo 30 del Código Contencioso Administrativo, y    

CONSIDERANDO:    

Que el Jefe de la Oficina Asesora Jurídica del Ministerio  del Interior y de Justicia, mediante Resolución número 814 del 3 de abril de  2006, aceptó el impedimento propuesto por el doctor Manuel Guillermo Cuello  Baute, en su condición de Supe rintendente de Notariado y Registro, para  proferir decisiones en el Expediente Disciplinario número 259 de 2003,  adelantado por esa entidad en contra del doctor Héctor Iván Tobón Ramírez, en  su calidad de Registrador Principal de Instrumentos Públicos de Medellín;    

Que de conformidad con lo señalado en el artículo 30 del  Código Contencioso Administrativo, cuando se decide acerca del impedimento, se  designará funcionario ad hoc, si a ello hubiere lugar;    

Que por lo anteriormente expuesto, se hace necesario  nombrar Superintendente de Notariado y Registro ad hoc, para que continúe  actuando en el citado proceso disciplinario,    

DECRETA:    

Artículo 1º. Nombrar como Superintendente de Notariado y Registro  ad hoc al doctor Raimundo Vélez Cabrales, identificado con la cédula de  ciudadanía número 73121408, quien se desempeña en el cargo de Secretario  General de la Superintendencia de Notariado y Registro, para conocer y adoptar  las decisiones dentro del Expediente Disciplinario número 259 de 2003 que se  adelanta contra el doctor Héctor Iván Tobón Ramírez en su calidad de  Registrador de Instrumentos Públicos de Medellín.    

Artículo 2º. Tomésele posesión al doctor Raimundo Vélez  Cabrales, como Superintendente de Notariado y Registro ad hoc.    

Artículo 3º. Ordénase la entrega del expediente al doctor  Raimundo Vélez Cabrales, en su calidad de Superintendente de Notariado y  Registro ad hoc, para el cumplimiento de su labor.    

Artículo 4º. El presente decreto rige a partir de la  fecha de su expedición.    

Comuníquese y cúmplase.    

Dado en Bogotá, D. C., a 26 de mayo de 2006.    

ÁLVARO  URIBE VÉLEZ    

El Ministro del Interior y de Justicia,    

Sabas Pretelt de la Vega.    

               

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