DECRETO 1586 DE 2006

Decretos 2006

DECRETO  1586 DE 2006    

(mayo 22)    

por medio  del cual se designa Secretario ad hoc de la Presidencia de la República.    

El Presidente de la República de Colombia, en uso de sus  facultades constitucionales y legales en especial de las establecidas en el  numeral 3 del artículo 189 de la Constitución Política, y    

CONSIDERANDO:    

Que la Empresa Colombiana de Petróleos, Ecopetrol abrió  el Proceso de Selección del operador de crudos pesados;    

Que no es función propia de la Secretaría Jurídica de la  Presidencia de la República adelantar procesos de licitación o selección;    

Que no obstante lo anterior la Secretaría Jurídica del  Departamento Administrativo de la Presidencia de la República, de acuerdo con  lo establecido en el Decreto 2719 de 2000,  puede eventualmente decidir, por comisión del Presidente de la República o a  solicitud de un ministro o director de departamento administrativo, las  diferencias que en materia de interpretación legal pudieren presentarse entre  algún o algunos ministerios o departamentos administrativos;    

Que la doctora Marcela Monroy Torres, cónyuge del doctor  Mauricio González Cuervo, Secretario Jurídico de la Presidencia de la  República, forma parte del equipo Sinopec, participante dentro del proceso de  selección del operador de crudos pesados de Ecopetrol;    

Que en caso de ser consultada la Secretaría Jurídica del  Departamento Administrativo de la Presidencia de la República, en relación con  el proceso de selección del operador de crudos pesados de Ecopetrol, se  generaría un impedimento;    

Que el doctor Mauricio González Cuervo, de acuerdo con lo  establecido en el artículo 40 de la Ley 734 de 2002,  anticipó la posibilidad de un impedimento, lo cual le fue aceptado;    

Que por las anteriores consideraciones,    

DECRETA:    

Artículo 1º. Nombrar al doctor Armando López Cortés,  identificado con la cédula de ciudadanía número 19440982 de Bogotá como  Secretario Jurídico ad hoc de la Presidencia de la República, para los  eventuales temas relacionados con el proceso de selección del operador de  crudos pesados de Ecopetrol, en caso de llegar a ser consultada la Secretaría  Jurídica del Departamento Administrativo de la Presidencia de la República.    

Artículo 2º. El presente decreto rige a partir de la  fecha de su expedición.    

Publíquese, comuníquese y cúmplase.    

Dado en Bogotá, D. C., a 22 de mayo de 2006.    

ÁLVARO URIBE VÉLEZ    

El Director del Departamento Administrativo de la  Presidencia de la República,    

Bernardo Moreno Villegas.    

               

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