DECRETO 1546 DE 2005

Decretos 2005

DECRETO 1546 DE 2005    

(mayo 17)        

por el cual se promulga el “Protocolo de Kyoto de la  Convención Marco de las Naciones Unidas sobre el Cambio Climático”, hecho  en Kyoto el 11 de diciembre de 1997.    

El Presidente de la República de Colombia, en uso de las  facultades que le otorga el artículo 189 numeral 2 de la Constitución  Política de Colombia y en cumplimiento de la Ley 7ª de 1944, y    

CONSIDERANDO:    

Que la Ley 7ª  del 30 de noviembre de 1944, en su artículo 1º dispone que los Tratados,  Convenios, Convenciones, Acuerdos, Arreglos u otros actos internacionales  aprobados por el Congreso, no se considerarán vigentes como leyes internas,  mientras no hayan sido perfeccionados por el Gobierno en su carácter de tales,  mediante el canje de ratificaciones o el depósito de los instrumentos de  ratificación, u otra formalidad equivalente;    

Que la misma ley en su artículo 2º ordena la promulgación  de los tratados y convenios internacionales una vez sea perfeccionado el  vínculo internacional que lig ue a Colombia;    

Que el Congreso de la República, mediante Ley  629 del 27 de diciembre de 2000, publicada en el Diario Oficial  número 44.272 del 27 de diciembre de 2000, aprobó el “Protocolo de Kyoto  de la Convención Marco de las Naciones Unidas sobre el Cambio Climático”,  hecho en Kyoto el 11 de diciembre de 1997;    

Que la Corte Constitucional, por medio de la Sentencia C-860 de 2001 del  15 de agosto de 2001 declaró exequibles la Ley  629 del 27 de diciembre de 2000 y el “Protocolo de Kyoto de la  Convención Marco de las Naciones Unidas sobre el Cambio Climático”, hecho  en Kyoto el 11 de diciembre de 1997;    

Que el 30 de noviembre de 2001, Colombia depositó ante la  Secretaría General de la Organización de las Naciones Unidas, ONU, el Instrumento  de Adhesión al “Protocolo de Kyoto de la Convención Marco de las Naciones  Unidas sobre el Cambio Climático”, hecho en Kyoto el 11 de diciembre de  1997;    

Que previo el cumplimiento de los requisitos previstos en  el artículo 25 del citado Protocolo, este entró en vigor internacional y para  Colombia el 16 de febrero de 2005,    

DECRETA:    

Artículo 1º. Promúlgase el “Protocolo de Kyoto de la Convención Marco de las Naciones Unidas  sobre el Cambio Climático”, hecho en Kyoto el 11 de diciembre de 1997.    

(Para ser transcrito en este lugar se adjunta fotocopia  del “Protocolo de Kyoto de la Convención Marco de las Naciones Unidas  sobre el Cambio Climático”, hecho en Kyoto el 11 de diciembre de 1997).    

Artículo 2º. El presente decreto rige a partir de la fecha  de su publicación.    

Publíquese y cúmplase.    

Dado en Bogotá, D. C., a 17 de mayo de 2005.    

ÁLVARO URIBE VÉLEZ    

La Ministra de Relaciones Exteriores,    

Carolina Barco Isakson.    

               

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