DECRETO 1269 DE 2006
(abril 26)
por el cual se ejecuta una sanción y se efectúa un nombramiento en encargo.
El Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de sus facultades constitucionales y legales, en especial las que le confieren el numeral 13 del artículo 189 de la Constitución Política y los artículos 5° del Decreto 2163 de 1970 y 66 numeral 3° del Decreto Reglamentario 2148 de 1983, y
CONSIDERANDO:
Que mediante resolución número 2555 de 17 de mayo de 2005, el Director de Vigilancia de la Superintendencia de Notariado y Registro, sancionó con destitución en el ejercicio del cargo al doctor Uriel Francisco Bonilla Currea identificado con la cédula de ciudadanía número 171850 de Moniquirá, Boyacá, Notario Segundo del Círculo de Tunja, Boyacá;
Que el Superintendente de Notariado y Registro ad hoc, mediante Resolución 5959 de 25 de octubre de 2005 al resolver el recurso de apelación interpuesto por el disciplinado, confirmó la mencionada sanción, la cual quedó debidamente ejecutoriada el día 25 de noviembre de 2005, conforme a la constancia proferida en esa fecha por el Secretario General de la Superintendencia de Notariado y Registro;
Que el artículo 5° del Decreto 2163 de 1970, faculta al Gobierno Nacional para nombrar a los Notarios de Primera Categoría;
Que corresponde al Gobierno Nacional, en su condición de nominador, hacer efectiva la sanción impuesta al doctor Uriel Francisco Bonilla Currea y designar a la persona que habrá de reemplazarlo durante su ausencia;
Que con fundamento en la certificación expedida por el Superintendente de Notariado y Registro, la doctora Luz Marina Campo Hernández, identificada con la cédula de ciudadan ía número 36557742 de Santa Marta, no se encuentra en circunstancias que impidan el ejercicio de la función notarial y reúne los requisitos exigidos en el numeral 2 literal a) del artículo 60 del Decreto 2148 de 1983, para desempeñarse como Notaria de Primera Categoría.
Que por lo anteriormente expuesto,
DECRETA:
Artículo 1°. Ejecutar la sanción de destitución en el ejercicio del cargo de Notario Segundo del Círculo de Tunja, Boyacá, impuesta al doctor Uriel Francisco Bonilla Currea, identificado con la cédula de ciudadanía número 4171850 de Moniquirá, Boyacá.
Artículo 2°. Nómbrese a la doctora Luz Marina Campo Hernández, identificada con la cédula de ciudadanía número 36557742 de Santa Marta, en el cargo de Notaria Segunda del Círculo de Tunja, Boyacá, en calidad de encargada.
Artículo 3°. El presente decreto rige a partir de la fecha de su expedición.
Publíquese, comuníquese y cúmplase.
Dado en Bogotá, D. C., a 26 de abril de 2006.
ÁLVARO URIBE VÉLEZ
El Ministro del Interior y de Justicia,
Sabas Pretelt de la Vega.