DECRETO 1061 DE 2006

Decretos 2006

DECRETO 1061  DE 2006    

(abril 7)    

por el cual  se reglamenta parcialmente el artículo 49 de la Ley 715 de 2001.    

Nota:  Ver Decreto 780 de 2016,  Decreto Único Reglamentario del  Sector Salud y Protección Social.    

El Presidente de la  República de Colombia, en ejercicio de las facultades constitucionales y  legales, en especial las conferidas por el numeral 11 del artículo 189 de la Constitución Política,    

DECRETA:    

Artículo 1º. La  aplicación del factor de ajuste a que hace referencia el inciso 2º del artículo  49 de la Ley 715 de 2001,  ponderará los servicios no incluidos en el Plan Obligatorio de Salud  Subsidiado, considerando tanto el nivel de complejidad como los de garantizar  su prestación. (Nota: Ver  artículo 2.4.4 del Decreto 780 de 2016,  Decreto Único Reglamentario del  Sector Salud y Protección Social.).    

Artículo 2º. El  presente decreto rige a partir de la fecha de su publicación.    

Publíquese y  cúmplase.    

Dado en Bogotá, D.  C., a 7 de abril de 2006.    

ÁLVARO URIBE VÉLEZ    

El Ministro de la  Protección Social,    

Diego  Palacio Betancourt.    

El Director del  Departamento Nacional de Planeación,    

Santiago  Montenegro Trujillo.    

               

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