DECRETO 1000 DE 2005
(abril 4)
por el cual se modifica el Decreto 4341 del 22 de diciembre de 2004.
El Presidente de la República de Colombia, en uso de las facultades conferidas por el numeral 25 del artículo 189 de la Constitución Política, con sujeción a las normas generales previstas en las Leyes 6ª de 1971 y 7ª de 1991,
DECRETA:
Artículo 1°. Modificar el artículo 1° del Decreto 4341 del 22 de diciembre de 2004, por el cual se establece el Arancel de Aduanas y se adoptan otras disposiciones, en el sentido de sustituir los gravámenes de las siguientes subpartidas arancelarias, los cuales quedarán así:
SUBPARTIDA GRAV. %
0901111000 10
0901119000 10
8418691200 5
Artículo 2°. Modificar el artículo 1° del Decreto 4341 del 22 de diciembre de 2004, por el cual se establece el Arancel de Aduanas y se adoptan otras disposiciones, en el sentido de incorporar en su Capítulo 98 la siguiente Nota Complementaria Nacional:
“Los gravámenes arancelarios que se aplicarán a las partes, materias primas y materiales para la producción de autopartes, así como para la producción de materiales para el ensamble de vehículos, que importen las industrias de transformación o ensamble del sector de autopartes y materiales para el ensamble de vehículos, debidamente autorizadas por el Ministerio de Comercio, Industria y Turismo, se liquidarán por unidad producida dentro del correspondiente depósito de transformación o ensamble.
Las autopartes y materiales producidos en dichos depósitos, que cumplan con los requisitos de origen establecidos en la Decisión 416 del Acuerdo de Cartagena y/o en la Resolución 323 de la Secretaría General de la Comunidad Andina, tendrán un gravamen del 0%. En caso contrario pagarán el gravamen que le corresponda a la subpartida por la cual se clasifican en el Arancel de Aduanas”.
Artículo 3°. El presente decreto rige a partir de la fecha de su publicación.
Publíquese y cúmplase.
Dado en Bogotá, D. C., a 4 de abril de 2005.
ÁLVARO URIBE VÉLEZ
El Ministro de Hacienda y Crédito Público,
Alberto Carrasquilla Barrera.
El Ministro de Comercio, Industria y Turismo,
Jorge H. Botero.